
En este 2024 las y los mexicanos no sólo tendrán que elegir a la o el próximo líder del Ejecutivo. En las próximas elecciones de junio también se decidirán nueve gubernaturas, miles de cargos locales y también se renovarán los 128 escaños del Senado y 500 cureles de la Cámara de Diputados. Pero, ¿sabes cuáles son los requisitos para formar parte del Congreso de la Unión?
De acuerdo con el artículo 58 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los requisitos para ser diputado o senador son los mismos. La única diferencia es la edad, pues para el primer cargo se debe de tener 21 años cumplidos, mientras que para el segundo se requiere como mínimo 25 años.
Además de la edad, la Carta Magna también específica la importancia de ser ciudadano mexicano por nacimiento, por lo que aquellas y aquellos que cuenten con doble nacionalidad y la de México no sea la primera no podrán ser contemplados.

El artículo 55 y 58 indican que, además de ello, el o la interesada deberá estar en pleno ejercicio de sus derechos, así como ser originario del estado en que se haga elección o haber residido en el más de seis meses anteriores a la fecha de votación.
También se requiere:
- No estar en servicio activo en el Ejército Federal ni tener mando en la policía o gendarmería rural en el Distrito donde se haga la elección, cuando menos noventa días antes de ella.
- No ser titular de alguno de los organismos a los que la Constitución otorga autonomía, ni ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la administración pública federal, a menos que se separe definitivamente de sus funciones 90 días antes del día de la elección.
- No ser Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ni Magistrado, ni Secretario del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ni Consejero Presidente o consejero electoral en los consejos General, locales o distritales del Instituto Nacional Electoral (INE), ni Secretario Ejecutivo, Director Ejecutivo o personal profesional directivo del propio Instituto, salvo que se hubiere separado de su encargo, de manera definitiva, tres años antes del día de la elección.
- No ser Ministro de algún culto religioso.
- No estar comprendido en alguna de las incapacidades que señala el artículo 59.
Asimismo, quedan descartados los gobernadores y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México durante el periodo de su encargo, aun cuando se separen definitivamente de sus puestos.
Lo mismo sucede con secretarios del gobierno de los estados, magistrados, jueces federales, presidentes municipales, quienes no podrán ser electos si no se separan definitivamente de sus cargos noventa días antes de la elección.
¿Cada cuánto se renueva la Cámara de Diputados y el Senado?
La Cámara de Diputados se renueva cada tres años.
Por su parte, la Constitución estable que el Senado será renovado cada seis años; es decir, al mismo tiempo que la Presidencia de la República.

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