
En referencia a la liberación provisional de ocho miembros del Ejército implicados en el Caso Ayotzinapa, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) exhibió que esto fue posible debido a una omisión de la Fiscalía General de la República (FGR).
A través de un comunicado, el órgano del Poder Judicial explicó que después de que un juzgado de procesos penales resolviera en audiencia el establecimiento de prisión preventiva justificada, los ocho militares promovieron un recurso de revisión al no estar de acuerdo con dicha medida cautelar.
Sin embargo, la FGR no realizó ninguna impugnación a dicho amparo, por lo que las autoridades judiciales debatieron la medida impuesta y llegaron a una resolución favorable para los castrenses.
“Únicamente los militares interpusieron recurso de revisión, no así la fiscalía, del cual conoció el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México”, detalló el CJF.
En atención al amparo de los militares, el 20 de enero se llegó a la conclusión de que “no era procedente imponer a los inculpados la prisión preventiva justificada”.

Por tal motivo, Gustavo Rodríguez de la Cruz, Omar Torres Marquillo, Juan Andrés Flores Lagunes, Ramiro Manzanares Sanabria, Roberto de los Santos Eduviges, Eloy Estrada Díaz, Uri Yashiel Reyes Lazos y Juan Sotelo Díaz recibieron nuevas medidas cautelares, no privativas de la libertad, a causa de que “la fiscalía no había aportado datos de prueba” que justificaran su permanencia en prisión.
Las medidas a las que estos elementos del Ejército estarán sometidos son:
- Presentación periódica quincenal los días uno y dieciséis de cada mes ante el juzgado de distrito.
- La exhibición de una garantía económica por la cantidad de 50 mil pesos.
- La prohibición de salir del país, por lo que deben entregar el documento original de su pasaporte al juzgado.
- La prohibición de acercarse al lugar de los hechos, específicamente al estado de Guerrero.
- La prohibición de convivir, acercarse o comunicarse con víctimas o testigos protegidos, siempre que no afecte el derecho de defensa.
Conviene mencionar que el otorgamiento de su liberación provisional no significa que los militares hayan sido exonerados del delito de desaparición forzada por el cual están acusados, ya que el auto de formal prisión que se dictó en su contra sigue vigente y deberán continuar sujetos a proceso hasta que un juez determine si son o no culpables.
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