
Mario Aburto Martínez, homicida confeso de Luis Donaldo Colosio, ex candidato a la presidencia del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en 1994, podrá salir de la cárcel a 29 años del crimen ocurrido en Lomas Taurinas, Tijuana.
El 5 de octubre, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito concedió el amparo indirecto 104/2021, así como la protección de la justicia federal en favor de Aburto Martínez, misma que fue promovida por el Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) el 21 de abril del 2021.
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Este amparo dejó sin fundamento la sentencia dictada el 22 de diciembre del 1994 por el entonces Tribunal Unitario de Segundo Circuito que le ordenaba cumplir una pena de 45 años de prisión por el delito de homicidio calificado.
De acuerdo con el IFDP, la resolución del Tribunal Colegiado determinó que el Tribunal Unitario deberá de dar una nueva sentencia a Mario Aburto, esto luego de que se encontraran diferentes violaciones a su proceso.
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El Tribunal Colegiado apuntó que la nueva sentencia deberá de considerar que debe de ser dictada en los términos del Código Penal del estado de Baja California, lugar donde ocurrió el homicidio del candidato del PRI.
Esto luego de que el asesinato estaba siendo juzgado en el Código Penal Federal y no en el local, el cual establecía que la pena máxima por homicidio era de 30 años de prisión, fecha que se cumple el 23 de marzo de 1994.
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“Con base en la referida traslación típica, analice los delitos materia de la acusación, así como la responsabilidad penal del quejoso en su comisión e imponga las sanciones penales que correspondan. En el entendido de que no se podrá agravar la situación jurídica ya estimada del sentenciado. Adicionalmente, deberá verificar si, como resultado de la traslación normativa, el quejoso puede obtener su libertad personal respecto de la causa penal que dio origen a este asunto”, refiere la sentencia.
El IFDP precisó que este amparo no absuelve del delito a Mario Aburto, sólo modifica el tiempo de pena al trasladar la tipificación del crimen del Código Penal Federal al Código Penal de Baja California.
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“La Defensoría espera que en los próximos días se emita la nueva sentencia, que deje en libertad a Mario Aburto y considere compurgada la pena con base en la ley local aplicable”, señala el comunicado de la IFDP.

Mario Aburto es señalado por las autoridades mexicanas de ser el único autor del homicidio del candidato a la presidencia de México en marzo de 1994, al cual llamaron “asesino solitario”.
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El michoacano de ahora 53 años había acusado a la Fiscalía General de la República (FGR) de omisión por no haber investigado la supuesta tortura, malos tratos, penas crueles e inhumanas y degradantes de la que habría sido víctima durante su arresto en 1994.
Aburto Martínez había solicitado que fuera inscrito al Registro Nacional del Delito de Tortura, al tiempo que demandó a la FGR de no haber cumplido con las obligaciones generales en materia de combate a la tortura, como los señalan los tratados internacionales que ha firmado México.
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En este sentido, el Tribunal Colegiado determinó que el juez federal dé vista al Ministerio Público de su adscripción al registro, al tiempo que el IFDP aseguró que continúa abierta la investigación penal por los hechos de tortura cometida en agravio de Mario Aburto, que mediante otro juicio de amparo presentado por el Instituto Federal de la Defensoría Pública, en donde se estableció que debía ser conducida por la Fiscalía especializada en materia de tortura y que aún debe integrarse para establecer las responsabilidades conducentes.
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