
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la totalidad del Plan B electoral del presidente Andrés Manuel López Obrador, luego de que discutió y sostuvo que hubo violaciones al procedimiento legislativo para la discusión de la segunda parte de las reformas.
Por mayoría de votos, la Suprema Corte se impuso nuevamente e invalidó las reformas complementarias del Plan B electoral, luego de que el pasado 8 de mayo invalidó la Ley de Comunicación Soscial y la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicas.
Los votos en contra de declarar la invalidez de estas reformas fueron de las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf.
Mientras que los votos a favor de la invalidez fueron del ministro ponente Javier Laynez Potisek, Arturo Zaldívar, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Alberto Pérez Dayán, Norma Piña Hernández, Jorge Pardo Rebolledo, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Margarita Ríos Farjat y Luis María Aguilar Morales.

Ahora, las leyes invalidadas fueron la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; la Ley General de Partidos Políticos; la Ley Orgánica del Poder Judicial y la expidición de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación.
Bajo el proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, la ponencia usó argumentos en los cuales se basó el ministro Alberto Pérez Dayán para invalidar la primera parte, al considerar que ambas partes del Plan B tuvieron los mismos procedimientos.
Durante la dicusión la ministra Yasmín Esquivel acusó que no se analizó el fondo de las reformas que se realizaron a cinco leyes electorales y por la expedición de una más, sino que únicamente la forma en que se dio la discusión en San Lázaro.
Consieró que la Suprema Corte debería colocarse como un poder que dirima los conflictos, y no ser parte de ellos, como podría ocurrir al no analizar el fondo.

En contraste, el ministro Luis María Aguilar consideró que no puede considerarse una minucia o un debate superficial el observar el procedimiento legislativo como motivo para invalidar una reforma como esta.
Señaló que el no observar el aseo legislativo es, desde su punto de vista, “una deslealtad constitucional”. También señaló que las nuevas violaciones acreditadas en este nuevo proyecto sólo abona a su convicción de proteger la Constitución.
Alberto Pérez Dayán, autor del proyecto que invalidó la primera parte del Plan B electoral, dijo que sólo se debe analizar el fondo de una ley cuando se está cierto de que se está frente a una ley.
El ministro Arturo Zaldívar consideró que el analizar la violación a procedimientos legislativos es una situación delicada, pues se podrían invadir poderes. En este punto mencionó que el invalidar una legilación podría estarle dando poder a una minoría, el cual no pudo obtener por la vía del voto.

La ministra presidenta Norma Lucía Piña dijo que desde hace seis años sus votos han sido por la invalidez cuando las normas reformadas no son conocidas por los legisladores.
“Deben conocer lo que van a legislar y lo que va a regir al pueblo de México”, indicó la ministra presidenta.
La segunda parte del Plan B electoral llegó a la SCJN luego de que distintos actores como los partidos Movimiento Ciudadano, el PRI, PRD, PAN, así como senadores y diputados del Congreso de la Unión, y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), presentaron acciones de inconstitucionalidad.
Es importante mencionar que el Pleno de la Suprema Corte declaró la invalidez del Plan B electoral, pero únicamente en cuanto a la forma en que fue aprobado en la Cámara de Diputados y no observando la constitucionalidad de las normas reformadas.
De esta forma, el presidente López Obrador podría enviar de nueva cuenta las mismas reformas al Congreso y ser aprobadas por mayoría simple al ser reformas secundarias. Aunque estos cambios pueden ser impugnados nuevamente, si estos llegaran a la Suprema Corte la discusión ahora sí sería en torno a su constitucionalidad.
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