
Madres de personas desaparecidas recurrieron desde hace varios años a distintas formas de lucha para visibilizar la ausencia de sus seres queridos, y para este 10 de mayo, Día de la Madre, se preparan para tomar las calles de la Ciudad de México y otras ciudades del país, para exigir verdad y justicia por sus hijos e hijas.
Desde hace varios años proliferaron en México los colectivos de búsqueda encabezados por las madres de las personas desaparecidas, organizaciones cuya labor se enfrenta a un país en el que, hasta febrero de 2024, de acuerdo con la Comisión Nacional de Búsqueda, reportó 111 mil desaparecidos y no localizados, en tanto que hasta finales del año 2021, se tuvo que al menos 52 mil cuerpos no identificados en instalaciones forenses de todo el país.
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De acuerdo con la Comisión Nacional de Búsqueda, en México, 1 de cada 4 personas desaparecidas es mujer; mientras que en el caso de las personas menores de edad en esta condición, el porcentaje de mujeres se dispara hasta llegar a más de la mitad.
Es ante estas cifras que las madres de personas desaparecidas convocaron a la XII Marcha de la Dignidad Nacional, a la cual, a lo largo de los 12 años desde la primera protesta, se han sumado más madres en busca de sus hijos e hijas desaparecidas.
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La protesta se llevará a cabo el próximo 10 de mayo, en punto de las 10:00 horas en el Monumento a la Madre, en la alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México. Bajo el lema No conocemos fronteras para buscarles, esta manifestación realizará un recorrido desde este lugar hasta el Ángel de la Independencia.
A la convocatoria de esta protestas se sumaron colectivos de otros estados del país, que señalaron que esta Día de la Madre no hay “nada que festejar” y aseguraron que durante este día denunciarán “la complicidad del Estado en las Desapariciones al obstaculizar los procesos, perder evidencias y (realizarlas) sin un plan trazado”.
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El amparo buscador ante la desaparición
Medios de comunicación documentaron a lo largo de los años los procesos legales a los que familiares de personas desaparecidas se enfrentaron para exigir la búsqueda de sus seres queridos. Es de esta forma, que la exigencia cambió su plan de acción de las movilizaciones en las calles y dependencias gubernamentales, a procedimientos ante jueces federales.
En este marco surge el denominado “amparo buscador”, que de acuerdo con la Comisión Nacional Búsqueda y la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) es un mecanismo por el cual una persona, a nombre de una persona desaparecida, atribuye a autoridades la desaparición forzada, por lo que solicita a un juez dicte la realización de acciones necesarias para su localización y liberación.
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Sin embargo, este tipo de procedimientos legales únicamente es viable cuando se está frente a un caso de desaparición forzada. “El espectro (de desaparición forzada) es muy amplio porque, en principio, cualquier ‘no localización’ supone un problema de desconocimiento del paradero de una persona, lo cual hace posible que se pueda acudir al amparo buscador”, indicó el documento guía para familiares y personas buscadoras.
Sin embargo, este procedimiento es distinto a otro concepto en torno al amparo buscador, identificado como aquel con el que una persona desea conocer su cuenta con órdenes de aprehensión en contra de alguna persona.
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Cómo presentar un amparo buscador
La misma guía para familiares y personas buscadoras de desaparecidos señaló que se trata de un procedimiento que es útil para decirle a una autoridad “enséñame el cuerpo” o “muéstrame a la persona detenida”, exigencia con la cual se debería demostrar que la persona no fue asesinada o desaparecida.
En primera instancia lo que hay que saber es que cuando se trata de una posible desaparición forzada de personas, el juez tendrá un plazo no mayor a 24 horas para dar trámite al amparo, así como para dictar una medida cautelar para que autoridades le presenten información para la localización y liberación de la supuesta víctima.
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El amparo no debe presentarse en el lugar en el que la persona presuntamente desapareció, pero sí se presenta a nombre de ella. Además se recomendó mencionar en la demanda qué autoridad o autoridades incurrieron, participaron o dieron su apoyo en la desaparición de esta persona.
La guía mencionó que el tiempo que la persona lleva desaparecida no es relevante al momento de presentar la demanda ante el juez de distrito, y no es necesario contar con un abogado para tramitarlo - aunque sí se recomendó contar con el apoyo legal -.
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