
Un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil determinó que un jugador recibirá una indemnización tras ser lesionado con un golpe de puño durante un partido de fútbol intercountry. La sentencia asignó la responsabilidad de forma exclusiva a la persona que propinó la agresión, mientras que descartó cualquier tipo de condena para las instituciones vinculadas al evento.
El episodio se produjo durante un encuentro deportivo en la cancha de un country del Gran Buenos Aires en 2013. Al finalizar el partido, una disputa entre participantes desencadenó una pelea. Uno de los suplentes ingresó al terreno y golpeó a un rival en el rostro, provocando una fractura de maxilar inferior. La evaluación médica incluida en el expediente reveló que la víctima padece una incapacidad parcial y permanente.
La Cámara descartó causas jurídicas para eximir al responsable del golpe y no reconoció la existencia de legítima defensa en los hechos analizados. Dejó en claro que la agresión ocurrió fuera de las reglas propias de la actividad deportiva.

“Que (la víctima) haya iniciado una discusión que terminó en un tumulto o trifulca, y aun que haya golpeado a jugadores adversarios en esa circunstancia, no implica que (la víctima) haya generado con ese accionar una causa jurídica para que (el agresor) le aplique un puñetazo en el rostro por detrás, con tanta energía como fracturarle el maxiliar”, dice la sentencia.
El fallo también desvinculó de responsabilidad a las instituciones relacionadas con la organización y el desarrollo del partido. Los jueces concluyeron que dichas entidades cumplieron con sus deberes de seguridad y que el ataque resultó absolutamente imprevisible. La persona que cometió la agresión no presentaba antecedentes reportados ni existían elementos para prever una reacción de esa gravedad. En la misma línea, la compañía de seguros citada para responder ante posibles daños fue exonerada de intervención por la ausencia de cobertura.

El monto de la indemnización concedida al deportista asciende a 500.000 pesos por incapacidad física, 250.000 por daño moral y 10.000 por gastos médicos, sumas a las que se agregarán los intereses determinados por la tasa activa del Banco de la Nación Argentina. Todos los gastos procesales y honorarios quedaron a cargo de quien resultó responsable del acto violento.
La trifulca
El episodio comenzó cuando se desató una discusión verbal entre un jugador y el arquero del equipo contrario, lo que generó un incremento en la tensión durante los minutos finales del partido de fútbol. Esta confrontación verbal sirvió de detonante para que varios integrantes de ambos equipos se sumaran a la disputa, dando paso a una pelea generalizada dentro del campo de juego.
El enfrentamiento físico involucró forcejeos y agresiones entre distintos jugadores, ampliando rápidamente el conflicto más allá de los protagonistas originales. El clima de confusión se intensificó, dificultando que quienes participaban o presenciaban la escena pudieran distinguir claramente los sucesos individuales en medio del tumulto.
Durante el desarrollo de la pelea, uno de los suplentes salió desde el banco y, aprovechando el desorden, atacó por detrás a uno de los jugadores implicados en la trifulca. Este último fue quien inició la demanda, ahora con sentencia favorable en segunda instancia judicial.
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