Condenaron a un docente a ocho años de prisión por abusar sexualmente de un joven

Un tribunal correntino halló responsable a un hombre de 40 años por el delito agravado por acceso carnal. El condenado se valía de amenazas de divulgación de imágenes íntimas para someter a la víctima a su voluntad

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La víctima de los abusos
La víctima de los abusos sexuales continuados resultó ser un joven de 18 años (crédito iStock)

En un caso que generó conmoción a nivel local, el Tribunal de la jurisdicción correntina de Goya condenó a un docente de 40 años a ocho años de prisión de cumplimiento efectivo por abuso sexual con acceso carnal por medio de amenazas. Los hechos ocurrieron durante dos años, entre 2021 y 2023, y tuvieron como víctima a un joven de 18 años. El docente condenado utilizó un video íntimo y fotografías privadas tomadas en un motel de la misma localidad como herramientas de coacción para obligar al joven a seguir su voluntad. “El acusado utilizó amenazas para someter a la víctima, afectando gravemente su integridad y dignidad. Este tipo de delitos, cometidos de manera continuada, merecen una sanción ejemplar que refleje la gravedad del daño infligido”, afirmó la representante del Ministerio Público Fiscal durante la audiencia de juicio que dio cierre al caso.

El expediente fue resuelto por medio del procedimiento de juicio abreviado, donde el acusado aceptó voluntariamente la autoría de los hechos, la pena solicitada por la fiscalía y la tipificación del delito a aplicar. A diferencia de un proceso convencional, el juicio abreviado permite una resolución más rápida, ya que las partes involucradas, incluida la acusación, la defensa y el imputado, llegan a un pacto sin necesidad de abrir la instancia de debate oral.

En ese marco, previo a la homologación del acuerdo, la fiscal María Eugenia Ballará explicó que los abusos sexuales en contra del joven ocurrieron de forma continuada durante más de dos años. El docente utilizaba amenazas para presionar a la víctima para someterse a él. En distintas ocasiones, grabó un video íntimo de los dos en un motel. Las pruebas recabadas por la fiscalía fueron clave para confirmar la culpabilidad del hombre de 40 años, quien se comprobó que accedió carnalmente a la víctima en más de una ocasión. Bajo esos términos, la amenaza de divulgar imágenes privadas fue un factor determinante en la intensidad del abuso, consideró la fiscal de la causa.

El artículo 119 del Código Penal Argentino establece una pena de entre cuatro y diez años de prisión para los delitos de abuso sexual, dependiendo de las circunstancias. En esta ocasión, la pena fue agravada debido a que el abuso fue perpetrado de manera continua y como consecuencia de las graves amenazas. En esos términos, la sanción de los hechos resultó mayor por el chantaje realizado a través de la posible divulgación de imágenes de carácter íntimo. El Código Penal, a su vez, establece sanciones más severas si el hecho causa daños físicos o psicológicos en la víctima, lo que también fue considerado en este caso.

La fiscal Ballará (Gentileza: Info
La fiscal Ballará (Gentileza: Info Goya)

La fiscal Ballará resaltó la gravedad de los hechos y la necesidad de imponer una sanción ejemplar para este tipo de delitos. Según la fiscal, la integridad y dignidad del damnificado fueron gravemente afectadas por el accionar del docente, quien utilizó su posición de poder para someter a la víctima. Durante la audiencia oral, la acusación enfatizó la importancia de sancionar este tipo de conductas, ya que no solo afectan directamente a las víctimas, sino que también generan un daño a la comunidad en su conjunto.

El acusado utilizó amenazas para someter a la víctima, afectando gravemente su integridad y dignidad. Este tipo de delitos, cometidos de manera continuada, merecen una sanción ejemplar que refleje la gravedad del daño infligido”, manifestó Ballará, según publicó esta semana el portal del Poder Judicial de Corrientes.

El Tribunal de Goya dispuso que la resolución sea inscrita en el registro de antecedentes de agresores sexuales. Además, ordenó que se notifique al Juzgado de Ejecución Penal para que inicie el cómputo de la pena de cumplimiento efectivo.

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