
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó hoy el pedido de la defensa de la ex presidenta de la Nación Cristina Kirchner para que el actual procurador del Tesoro de la Nación, Rodolfo Barra, declare como testigo en la causa Vialidad en la que la ex mandataria está condenada a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicas y que está bajo revisión.
Fuentes judiciales informaron a Infobae que por unanimidad los jueces de la Sala IV de Casación no aceptaron el pedido para que Barra declare como testigo pero sí avalaron que se incorpore a la causa el dictamen que como jurista especializado y contratado por la defensa de Cristina Kirchner realizó el año pasado y en el que sostuvo que a su criterio la ex presidenta no había cometido ninguna irregularidad en las obras públicas que durante su mandato recibió el empresario Lázaro Báez, también condenado en la causa. Así lo resolvieron los jueces Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos.
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La Cámara de Casación comenzó a revisar a fines de febrero el fallo que en diciembre del 2022 dictó el Tribunal Oral Federal 2 en la causa vialidad. Lo hizo en una serie de audiencias en las que las partes hicieron sus exposiciones y que finalizaron hoy.
Cuando fue el turno de la defensa de Cristina Kirchner, su abogado Alberto Beraldi, presentó un dictamen que a pedido de la ex mandataria hizo en septiembre del año pasado Barra como experto legal. “No se observa ninguna responsabilidad penal objetiva”, citó Beraldi el dictamen de Barra y pidió que sea citado a declarar como testigo en las audiencias para que amplié sus fundamentos.
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Pero el fiscal de Casación Mario Villar se opuso. Explicó que el Código Procesal Penal no permite incorporar prueba nueva en esta instancia de la causa y que además no quedaba claro en calidad de qué Barra podría declarar. “Testigo es alguien que presenció los hechos, pero Barra no conoce nada de los hechos. Tampoco es perito porque lo que hizo es un dictamen jurídico que puede servir de apoyo para la parte que lo contrato”, sostuvo. Ahora deberán resolver los jueces.
La Cámara de Casación rechazó hoy el pedido de citación. “En tanto no se trata de un testigo de los hechos juzgados -conforme ha sido introducido-, ni, estrictamente, de un perito, sino de un dictamen de carácter jurídico relativo a la teoría del caso (del propio letrado citado) que había sido encomendado por la parte, no resulta procedente la pretendida convocatoria a exponer ante esta instancia”, sostuvo el juez Hornos en su voto.
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Por su parte, el magistrado Borisnky sostuvo que la citación de Barra “no resulta procedente” porque “no se advierte –ni ha sido demostrado- de qué manera una convocatoria oral del Dr. Barra, que podría ser ficta, repercutiría de manera distinta a las consideraciones expuestas en el dictamen ya incorporado al expediente”.

Por último, el juez Barroetaveña agregó que la eventual citación de Barra “no encuentra justificación en ninguno de los medios de prueba previstos por el código procesal penal”.
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La Cámara de Casación concluyó hoy las audiencias en la que partes expusieron sus argumentos. Fue el turno de las defensas del ex ministro de Planificación Federal Julio De Vido, del ex subsecretario de Obras Públicas Abel Fatala, del ex funcionario de Vialidad de Santa Cruz Héctor Garro y del ex funcionario de Planificación Federal y primo del ex presidente Néstor Kirchner, Carlos Kirchner. Los tres primeros pidieron que se ratifique la absolución que les dictó el tribunal oral y Carlos Kirchner que se revoque su condena.
Lo mismo hicieron las defensas de quienes fueron condenados, entre ellas la de Cristina Kirchner. “El tribunal oral que no tiene pruebas directas, que la sentencia se funda en base a prueba indirecta o indicios. Ningún testigo dijo en el juicio que Cristina Kirchner dio instrucciones para beneficiar a Lázaro Báez”, había dicho Beraldi en su audiencia.
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Pero el fiscal Villar pidió que se agraven las penas por los delitos de asociación ilícita y que se condene a los absueltos. Para la ex mandataria solicitó una pena de 12 años de prisión. “Entre 2003 y 2015 funcionó en el estado una asociación ilícita que desvió los fondos de las obras públicas viales a Lázaro Báez. “Hubo una verdadera asociación criminal. No fue el estado el que cometió delitos, fueron personas que eran funcionarios”, planteó Villar.
Con la finalización de las audiencias, el tribunal le dio a las partes un plazo de cinco días hábiles para que por escrito contesten como réplicas lo que se dijo en las audiencias en caso que así lo quieran. Luego de eso, los jueces quedarán en condiciones de resolver.
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