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Confirmaron la condena a prisión de un hombre dedicado a falsificar cigarrillos para venderlos como primeras marcas

La Cámara Federal de Casación ratificó la pena a dos años de prisión del hijo del dueño de la tabacalera, ubicada en la ciudad de Concordia, Entre Ríos. En el juicio participaron distintos querellantes, entre los cuales se encontró Philip Morris

Confirman la condena a prisión de dos años de un hombre dedicado a falsificar y vender cigarrillos como si fueran de primera marca (Foto ilustrativa: EFE/Artur Reszko/Archivo)
Confirman la condena a prisión de dos años de un hombre dedicado a falsificar y vender cigarrillos como si fueran de primera marca (Foto ilustrativa: EFE/Artur Reszko/Archivo)
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La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este miércoles la condena a dos años de prisión de un hombre dedicado a falsificar y vender cigarrillos de primeras marcas a través de una tabacalera ubicada en la ciudad de Concordia, Entre Ríos. Del juicio penal participaron como querellantes distintas empresas ligadas al tabaco como Philip Morris, quien oportunamente solicitó la total destrucción de las maquinarias utilizadas para producir la mercadería apócrifa.

Se trata de Matías Raúl Molina, hijo de Raúl Alberto Molina, quien ejercía la titularidad de Tabacalera del Litoral SRL, una empresa abocada a fabricar y comercializar cigarrillos falsos de marcas como Marlboro, Viceroy, Philips Morris y Belmont, entre otras. Para completar la maniobra y eludir el pago de los tributos correspondientes, la entidad también falsificaba las marquillas y estampillas de los atados de cigarrillos.

Según las constancias del caso, el dueño de la tabacalera -ya fallecido- mantenía distintos contactos con integrantes de la Policía Federal, Gendarmería Nacional y la AFIP, a través de los cuales se obtenía información que permitía la continuidad de los delitos. En tanto que Matías Molina se encargaba de parte de la producción y de obtener insumos que luego trasladaba como mercadería.

La causa comenzó a través de una denuncia en diciembre de 2013 interpuesta por la multinacional Massalin Particulares, y luego de una extensa investigación el Tribunal Oral en lo Penal Federal de Concepción del Uruguay -integrado en forma unipersonal por la jueza Mariela Emilce Rojas- resolvió el 28 de diciembre de 2022 dictar una serie de condenas, entre las que se encontró la de Matías Molina a dos años de prisión de ejecución condicional por los delitos de falsificación de marca registrada, uso de marca registrada sin autorización, venta de marca falsificada y venta de productos con marcas registradas falsificadas. Dicha sentencia se circunscribió a un procedimiento de juicio abreviado con compañías como Phillip Morris como querellantes, quien solicitó la destrucción de las máquinas productoras para “evitar futuros inconvenientes”.

La empresa tabacalera de Concordia, Entre Ríos, se encargaba de producir el tabaco, falsear las marcas y comercializar (Foto ilustrativa: EFE/Attila Balazs/Archivo)
La empresa tabacalera de Concordia, Entre Ríos, se encargaba de producir el tabaco, falsear las marcas y comercializar (Foto ilustrativa: EFE/Attila Balazs/Archivo)

Sin embargo, pese al procedimiento abreviado, donde el fiscal y la defensa acordaron los hechos y la pena aplicable, el defensor del imputado presentó un recurso de casación para pedir su sobreseimiento en virtud -entre otros motivos- de la prescripción de la acción penal por el paso del tiempo.

Así las cosas, el caso se elevó hasta la Sala 3 del máximo tribunal penal del país, compuesto por los jueces Juan Carlos Gemignani, Mariano Hernán Borinsky y Daniel Petrone, quienes resolvieron en conjunto rechazar el recurso de casación en un fallo de 27 fojas al que accedió Infobae. En él consideraron que, al estar involucrados en los delitos distintos funcionarios públicos -de las fuerzas de seguridad y de la AFIP-, la acción penal no estaba prescripta.

En tal sentido se expidió el camarista Gemignani, a cargo del primero de los votos, donde expresó: “en los supuestos en que la pesquisa verse sobre hechos en los cuales hubiesen intervenido agentes estatales en el ejercicio de la función pública, los institutos de la insubsistencia o prescripción de la acción penal resultan inoponibles tanto para los agentes públicos involucrados, cuanto para el resto de los imputados que al momento del suceso no participaban del empleo estatal, como es el caso de Matías Raúl Molina”.

En esa misma línea, el juez Borinsky subrayó que uno de los imputados en la causa continuaba en su condición de funcionario público, por lo que “se desprende que la acción penal se encuentra vigente” y la solicitud de Molina “deviene improcedente”. Luego cerró su colega Petrone en coincidencia.

La Casación Penal, al rechazar el recurso, confirmó la condena a prisión de Molina y el decomiso de las máquinas secuestradas en el allanamiento sobre la Tabacalera del Litoral, junto a su destrucción, tal como lo solicitó la marca de cigarrillos.

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