
La jueza María Lorena Cortez liberó de cargos al pastor Deliso Alberto Ramírez Cifuentes por el femicidio de Paola Azucena Pérez Meza, en una resolución dictada tras una audiencia a puerta cerrada el 18 de junio. El expediente mantiene recursos pendientes que aún podrían modificar esa decisión.
Un día antes, personal del juzgado había asegurado a La Hora que la diligencia estaba suspendida por un amparo pendiente. Según el diario, mientras se impedía el ingreso de los medios de comunicación, la audiencia sí se desarrolló y concluyó con una falta de mérito a favor del acusado.
Cortez sostuvo que no encontró “suficientes indicios” contra Ramírez y dejó constancia de que la decisión no cerraba de forma irrevocable el proceso. También ordenó que el pastor se presente cada 15 días a firmar el libro de asistencia en la sede del Ministerio Público de San Miguel Petapa, bajo advertencia de declararlo en rebeldía y ordenar su captura inmediata si incumple.
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El Movimiento Justicia por Paola reaccionó este domingo: “A veces las personas buenas están cubiertas de tatuajes y a veces las peores están en un domingo de iglesia”.

¿Cómo se originó la investigación?
Paola Pérez Meza, estudiante universitaria, fue informada como desaparecida el 16 de mayo de 2019 después de no regresar a su casa. Una semana más tarde, su madre la identificó en la morgue del Instituto Nacional de Ciencias Forenses por unos aretes que le había regalado en la niñez, cuando revisaba fotografías de cadáveres que permanecían sin identificar.
El cuerpo había sido localizado cerca del cementerio de la aldea La Mesilla, en Amatitlán, con señales de estrangulamiento, sin indicios de violencia sexual y sin documentos que permitieran reconocerla de inmediato. Hasta entonces, la familia no encontraba una explicación para el crimen ni para la forma en que el cadáver fue abandonado.
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Según los registros citados por La Hora y Prensa Libre, la investigación del Ministerio Público condujo a Ramírez Cifuentes, pastor evangélico vinculado a la iglesia Ministerio Rey de Gloria en la colonia La Florida, zona 19. El expediente estableció que ambos se conocieron en 2012, cuando él dirigía una iglesia en ese sector, y que después iniciaron una relación sentimental que mantuvieron oculta.
La publicación consignó que la familia desconocía ese vínculo y que la víctima ofrecía versiones distintas a su entorno. A algunas personas les decía que el pastor era su padre; a otras, les negaba cualquier cercanía. Una amiga aseguró que Paola le había confesado que eran pareja. La investigación también atribuyó a la joven apoyo económico al religioso. De acuerdo con registros bancarios y testimonios reunidos por la fiscalía, solicitó préstamos para entregarle dinero y compró tres teléfonos celulares registrados a su nombre que él utilizaba.
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¿Qué elementos reunió la fiscalía?
Uno de los elementos que reactivó el caso fue la activación de un teléfono celular vinculado con el pastor, cuya señal se detectó cerca del lugar donde fue hallado el cuerpo, según Prensa Libre. Otro testimonio recogido en el expediente describió llamadas en las que Ramírez trataba a la joven de forma agresiva hasta hacerla llorar.
La fiscalía también incorporó la declaración de otra mujer que mantenía una relación sentimental con Ramírez. Según esa línea de investigación, cuando Paola se enteró de esa situación le reclamó el engaño y le exigió el dinero que le había prestado, discusión que el Ministerio Público considera el desencadenante del crimen.
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El avance del expediente
Aunque la investigación apuntaba al pastor desde años atrás, la orden de captura fue solicitada por el MP hasta mayo de 2025. Ramírez no fue localizado entonces y su detención ocurrió el 1 de febrero siguiente, cuando fue identificado en un retén montado tras un ataque armado de pandilleros contra agentes de la Policía Nacional Civil.
Después de varias suspensiones atribuidas a carga laboral en el Juzgado Penal de Amatitlán, la primera audiencia se realizó el 2 de marzo. En esa diligencia fue ligado a proceso por femicidio y se decidió trasladar el caso a un juzgado especializado en esa materia.
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La defensa sostuvo desde entonces que no existía prueba documental sobre la supuesta deuda ni prueba directa de la relación sentimental entre ambos. Con esos argumentos presentó una apelación ante la Sala Segunda de Apelaciones de Femicidio, que dejó sin efecto la resolución inicial y ordenó repetir la primera declaración.
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