El Supremo da tres días a las partes para opinar sobre petición de suspender el voto a hijos de nacionalizados

06/10/2026 Fachada del Tribunal Supremo, a 6 de octubre de 2026, en Madrid (España).
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Eduardo Parra - Europa Press
06/10/2026 Fachada del Tribunal Supremo, a 6 de octubre de 2026, en Madrid (España). POLITICA Eduardo Parra - Europa Press
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El Tribunal Supremo ha decidido dar tres días a las partes en el proceso de la llamada 'ley de nietos' para que se pronuncien sobre la petición del partido Iustitia Europa de extender la suspensión cautelar del voto a los hijos de los nacionalizados por esa vía.

Según varias providencias a las que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados acuerdan "no haber lugar a la adopción inaudita parte de las medidas cautelarísimas solicitadas por la representación de la formación".

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Pero sí que aceptan "abrir un trámite de audiencia a las partes personadas en el procedimiento para que, por plazo de tres días comunes, contados a partir de la notificación de esta resolución", que acaba el próximo miércoles de acuerdo a fuentes jurídicas consultadas, "puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas en defensa de sus derechos e intereses legítimos".

Y por "la relevancia de las cuestiones suscitadas y la convocatoria electoral en vigor" de las generales del próximo 29 de noviembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo habilita para actuaciones en la pieza de medidas cautelares desde el 31 de octubre y todos los días del mes de noviembre.

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Iustitia Europa solicitó al Supremo identificar a los hijos de las personas que hayan conseguido la nacionalidad española a través de la 'ley de nietos' y suspender cautelarmente "sus efectos electorales" de los que estén incorporados al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).

El partido que dirige el abogado Luis María Pardo reclamó al Supremo que la suspensión cautelar se extienda "hasta que la Administración complete su identificación individual, determine el progenitor del que deriva cada adquisición y precise la vía jurídica por la que éste obtuvo la nacionalidad española".

La formación argumentó que "existe una relación documental susceptible de comprobación inmediata entre el progenitor", esto es, "la vía por la que este adquirió la nacionalidad y el posterior título del hijo".

Así, solicitó que los sufragios puedan ser recibidos, pero "deberán permanecer separados y bajo custodia, quedando suspendida su incorporación al escrutinio hasta que finalice la comprobación ordenada y pueda determinarse su situación electoral".

Por ello, reclamó al Supremo ordenar "la inmediata identificación de todos" los casos incorporados al CERA "y de sus respectivos progenitores, acordando la suspensión de los efectos electorales respecto de aquellos cuyo progenitor se encuentre comprendido en el ámbito subjetivo de los autos", por los que el alto tribunal suspendió cautelarmente el voto para los beneficiados por la 'ley de nietos' que no demuestren que son descendientes de exiliados.

Desde la formación han indicado este viernes que "el mismo criterio de prudencia, trazabilidad y pulcritud electoral debe aplicarse" a los hijos nacionalizados, "cuyo derecho deriva de la previa adquisición de nacionalidad de sus progenitores".

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