La Audiencia anula la condena a Fernando Roig por delitos contra la Hacienda Pública y falsedad en obras de La Cerámica

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La Audiencia Provincial de Castellón ha dejado sin efecto la condena de 11 meses y 28 días de prisión para el presidente del Villarreal C.F., Fernando Roig, por dos delitos contra la Hacienda Pública, en concurso medial con dos delitos continuados de falsedad en documento mercantil en relación con las obras de reforma de la Ciudad Deportiva del Villarreal y del Estadio La Cerámica --entonces denominado El Madrigal-- durante los años 2004 y 2005.

De esta forma, la Audiencia estima un recurso de apelación interpuesto contra dicha sentencia, dictada por la Sección penal del Tribunal de Instancia de Castellón. Plaza nº 1, y deja sin efecto la condena de los apelantes y de otra persona y, los absuelve de los delitos que se les imputaban en este procedimiento.

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Los condenados fueron Fernando Roig y dos consejeros delegados del Villarreal como autores de ambos delitos; un administrador de la mercantil Estructuras, Viviendas y Carreteras SL como cooperador necesario de dos delitos contra la Hacienda Pública, condenado a 6 meses de prisión y multa; y dos administradores de la mercantil Spain Ges-Pro SL como cooperadores necesarios de dos delitos fiscales en concurso con dos delitos continuados de falsedad en documento mercantil, condenados a seis meses de cárcel y multa.

Además, fueron condenados cinco trabajadores, personas físicas o empresarios autónomos subcontratados como cooperadores necesarios de un delito continuado de falsedad en documento mercantil por la emisión de facturas falsas, con penas para cuatro de ellos de 2 meses y 29 días de prisión y de 2 meses de cárcel para el quinto que era sustituida por el pago de multa o trabajos en beneficio de la comunidad.

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En los fundamentos jurídicos, la Audiencia señala que está probado que durante el año 2004 y 2005 el Villareal C.F. llevó a cabo obras de reforma de su Ciudad Deportiva y del campo de fútbol de El Madrigal. En concreto, en 2004 se acometió la construcción de nueva grada y elevación de planta en la Ciudad Deportiva, además de ciertos trabajos en el Madrigal, y en 2005 se llevó a cabo la gran obra de remodelación de El Madrigal y ciertos trabajos en la Ciudad Deportiva.

Dichas obras, según la Sala, fueron contratadas de forma verbal y a precio alzado, directamente por Fernando Roig con la mercantil constructora Estructuras, Viviendas y Carreteras (EVC) SL a través de uno de sus administradores y esta mercantil subcontrató las obras con SPAIN GESPRO que carece de infraestructuras y medios para ejecutarla.

Además indica que SPAIN GESPRO recibía dinero de EVC para la ejecución de determinadas obras que después subcontrataba con diversas empresas y particulares que no tienen medios ni infraestructura para ejecutar dichas obras y que le facturaban pero no cobraban.

FACTURAS FALSAS

El expediente de la Inspección se inicia por una comprobación de EVC y el análisis de su facturación, donde detectaron una red de facturación falsa de SPAIN GESPRO que parecía que seguía para arriba y por eso iniciaron la comprobación al Villareal, según la Audiencia.

La Sala se ha valido, entre otras pruebas, del informe de un perito para declarar probado la falsedad de las facturas, en base a los datos contables del informe, y de las "maquinaciones" entre EVC, SPAIN GESPRO y subcontratistas del tercer nivel. Sin embargo, la Audiencia no comparte el razonamiento por el que se infiere la participación de los acusados vinculados al club de fútbol Villarreal, presidente y miembros del consejo directivo, al considerar que no existe el nexo causal y lógico entre los hechos probados, la facturación ficticia, y los que tratan de probar la connivencia en la falsedad y la defraudación tributaria del IVA por parte del Villareal C.F.

La falsedad de las facturas presentadas por la contratista EVC y pagadas por el club, emitidas por empresas del tercer escalón que no han ejecutado los trabajos pagados en las facturas no basta para tener la certeza de que el club Villarreal, su presidente y consejeros directivos, apelantes, realizaron actos constitutivos del delito que se les imputa, apunta la Audiencia, que añade que tanto el delito contra la Hacienda Pública como el delito de falsedad documental son delitos dolosos, "que exigen que el sujeto sepa que está defraudando o colaborando en una defraudación y quiera hacerlo".

Además, explica que es responsabilidad de la Sala probar que el Villarreal club de futbol y sus directivos acusados eran conscientes de la incorporación de facturación falsa con la intención de defraudar el IVA, y la Audiencia considera que los indicios que ha tenido en cuenta la juzgadora, siguiendo el informe del inspector, no son suficientes para llegar a tal conclusión.

Así, la Audiencia señala que no queda probado la existencia de un delito de falsedad documental y delito contra la Hacienda Pública por lo que respecta a la entidad Villarreal Club de futbol SAD así como a los acusados Fernando Roig y los consejeros delegados del club.

Finalmente, aclara que, al no quedar probados los delitos contra la Hacienda Pública y falsedad documental por parte de los condenados como autores, no pueden ser condenados los que estaban acusados como cooperadores necesarios.

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