Madrid, 10 sep (EFE).- La sentencia que adopte el Tribunal Constitucional sobre la amnistía al exconseller Jordi Turull puede precipitar el futuro de Carles Puigdemont, en tanto el magistrado del Supremo Pablo Llarena prevé aplicar la doctrina que fije la corte de garantías sin esperar a que esta resuelva el recurso del expresident catalán.
El Constitucional abordará el próximo día 22 el primer recurso contra la decisión del Supremo de no aplicar la medida de gracia al delito de malversación de un condenado o huido por el procés, después de que la Justicia europea avalara la norma. Será el recurso del exconseller y secretario general de Junts, Jordi Turull.
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Fuentes jurídicas informan de que el juez Llarena no esperará a conocer el fallo del recurso de amparo del expresident, que sigue procesado en rebeldía, sino que tiene previsto actuar mucho antes, esto es, cuando el Constitucional dicte la sentencia de Turull.
El pleno está fijado para el día 22 aunque no se espera que se apruebe una sentencia habida cuenta de que el ponente es el magistrado conservador José María Macías, que siempre se ha manifestado crítico con la amnistía, por lo que si su propuesta de resolución es rechazada por el Pleno, habría que designar otro ponente y esperar al siguiente pleno, el 6 de octubre.
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De esta manera, las fuentes dan por hecho que el Constitucional fijará con Turull una doctrina contundente sobre la malversación que será extrapolable al resto de condenados y procesados en rebeldía.
Por este motivo, Llarena prevé actuar en cuanto eso suceda con Puigdemont - así como con los exconsellers que huyeron con él Antoni Comín y Lluis Puig- lo que adelantará el desenlace de la amnistía.
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Entonces se abrirán dos opciones, una que actúe de oficio y otra que lo haga a petición de las defensas, que es el escenario más probable si los intereses favorecen el devenir de Puigdemont.
El último capítulo ocurrió en julio tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que consideró que la ley de amnistía es conforme al derecho comunitario, si bien aquel fallo no cambió el panorama de Puigdemont puesto que el Tribunal Supremo mantuvo la orden de detención nacional que pesa sobre él.
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Llarena cerró la puerta de la amnistía a Puigdemont al sostener que el artículo 1 establece que la amnistía no puede aplicarse a los delitos de malversación que se hubieran cometido para lograr un beneficio personal de naturaleza patrimonial.
Ahora bien, otra cosa es la decisión que adopte el juez en función de la doctrina del Constitucional, porque otras fuentes jurídicas consultadas señalan que el Supremo aun tiene abierta la vía de Europa para plantear una cuestión prejudicial ante los tribunales comunitarios. EFE
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