Paqui Gallego
Madrid, 17 jul (EFE).- La decisión de la Audiencia de Madrid de que se juzgue con jurado a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno, por dos presuntos delitos supone otro "parón" para reordenar la causa, que vuelve al momento en el que el magistrado la envió a juicio, de modo que las partes tienen que replantear sus peticiones para que luego se abra juicio oral.
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El hecho de que Peinado se jubile a finales de septiembre, ya que cumple 72 años y es la edad máxima que permite la ley para seguir ejerciendo, hace dudar sobre si llegará a dar el paso de abrir juicio definitivamente contra la mujer de Pedro Sánchez, y su asesora, Cristina Álvarez, tras más de años de investigación, indican a EFE fuentes jurídicas.
Estas fuentes recuerdan que el auto al que ahora se retrotrae la causa se dictó en abril y no fue hasta junio cuando se dictó apertura de juicio oral -que ahora queda invalidada-.
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La Audiencia Provincial de Madrid, superior jerárquico de Peinado, ordenó -en un auto conocido este jueves- que se continúe el procedimiento de juicio con jurado contra Begoña Gómez por los delitos de tráfico de influencias y malversación, sobreseyendo los otros dos por los que la acusaba el juez instructor: corrupción en los negocios y apropiación indebida.
Ordenaron también continuar el procedimiento contra la asesora de Gómez, Cristina Álvarez, solo por un presunto delito de malversación de caudales públicos; y separar del procedimiento de jurado al empresario Juan Carlos Barrabés, contra el que se seguirá la investigación en otra causa.
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Así la Audiencia madrileña ha vuelto a "reordenar" la causa, en una resolución que no es recurrible y que enmienda parcialmente el auto del 11 de abril en el que el juez ponía fin a la instrucción y transformaba la causa en procedimiento de jurado.
Este auto queda modificado y el proceso se retrotrae al momento inmediatamente posterior, y todo lo hecho desde entonces se anula, explican las fuentes.
Se vuelve así al momento en el que las partes pueden solicitar al juzgado bien que se archive la causa o bien que se llegue a juicio con jurado con la petición de determinadas penas. Y lo tienen que hacer amoldándose al nuevo auto, precisan las fuentes.
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La acusación popular liderada por Hazte Oír pidió en su momento hasta 24 años de cárcel para Begoña Gómez, 22 para Cristina Álvarez y 6 para Juan Carlos Barrabés, mientras la Fiscalía y la defensa siempre han defendido que no hay delito y la causa se debe archivar.
Una vez que el juzgado reciba los escritos de cada parte el juez Peinado, o en su caso el que le sustituyese en la plaza 41 de la sección de instrucción del tribunal de instancia de Madrid, dictaría auto de apertura de juicio oral.
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Peinado ya hizo este trámite esencial -ahora anulado- el pasado 20 de junio y envió a un juicio con jurado a Gómez y Álvarez por cuatro delitos (corrupción en los negocios, tráfico de influencias, malversación y apropiación indebida) y a Barrabés por los dos primeros.
Además impuso a Begoña Gómez y a Cristina Álvarez, como medidas cautelares por riesgo de fuga, la retirada del pasaporte, la prohibición de salir de territorio nacional y la obligación de comparecer quincenalmente ante el juzgado.
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En su último auto la Audiencia revoca estas medidas al no apreciar el riesgo de fuga, detallando que aunque aún están pendientes de tramitación los recursos de queja interpuestos por ambas investigadas, consideran procedente pronunciarse ya sobre las mismas porque son restrictivas de derechos.
La sección 23 de la Audiencia madrileña ha dictado numerosas resoluciones sobre decisiones del juez Peinado recurridas por las partes, algunas avalando al juez y otras con las que ha reordenado y acotado la causa.
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En el último año se había pronunciado ya sobre dos ejes del proceso: revocó su decisión de investigar la malversación aparte y le instó a llevarlo todo en un único procedimiento y, más tarde, anuló, por falta de motivación, la resolución que transformaba la causa en procedimiento de jurado.
Por el momento los jueces han resuelto sobre lo más relevante, ya que tenían decisiones pendientes que decaen al retrotraerse la causa, explican fuentes jurídicas.
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Los magistrados de la audiencia también decidieron el lunes, según el auto al que ha tenido acceso EFE, que la acusación popular siga unificada bajo al dirección de Hazte Oir, rechazando la petición contraria de Manos Limpias. EFE
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