Los agentes de fútbol podrían ampararse en la exención de normas de competencia en la UE

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Bruselas, 9 jul (EFE).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó este jueves que el reglamento de agentes de fútbol de la Federación Alemana de Fútbol (DFB) puede ser compatible con el derecho de la competencia de la UE, siempre y cuando persiga "un objetivo legítimo de interés general".

La corte europea, con sede en Luxemburgo, se pronunció así frente al caso presentado por la empresa de gestión deportiva ROGON, junto con una empresa austriaca y su fundador, dedicados al fichaje de futbolistas, contra la DFB.

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Según explicó el Tribunal, la federación alemana adoptó en 2015 un reglamento relativo a la actividad de los agentes de jugadores en el que regulan aspectos como la concesión de licencias, el registro y la remuneración de los agentes, así como sus relaciones con los clubes y los jugadores.

Entre otras cosas, impone la obligación de registro para los agentes y su sometimiento a diversos estatutos, así como divulgar las remuneraciones y los pagos efectuados a los mismos.

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Los demandantes impugnaron estas normas ante los tribunales alemanes, alegando que eran contrarias a la prohibición de prácticas colusorias establecida en el Derecho de la Unión, y seguidamente el Tribunal Federal de lo Civil y Penal de Alemania planteó al TJUE la cuestión.

Al respecto, la corte europea respondió hoy que se puede aplicar una excepción en determinadas condiciones y que estas "pueden resultar necesarias para perseguir uno o más objetivos legítimos de interés público que no sean, en sí mismos, anticompetitivos".

"En particular, ese podría ser el caso cuando, para lograr tales objetivos, una federación deportiva deba adoptar reglamentos que puedan tener implicaciones para el ecosistema que regula y controla", añadió el Tribunal en un comunicado. EFE

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