Madrid, 18 jun (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena a 32 años de cárcel a un acusado por agredir sexualmente a dos sobrinos menores, de 6 y 8 años, y elaborar pornografía infantil, que fue descubierto casualmente porque su hermana vendió un teléfono en el que se encontraron archivos con contenido sexual.
La sentencia, difundida este jueves por el TSJM, avala la pena de 32 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid a un hombre condenado por la comisión de dos delitos continuados de agresión sexual sobre sus sobrinos (once años por cada uno), además de diez años por dos delitos de elaboración de pornografía infantil.
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La sentencia del TSJ de Madrid desestima todas las apelaciones formuladas por la defensa del condenado, y ratifica tanto las penas de prisión como las medidas accesorias decretadas: prohibiciones de aproximación y comunicación, la libertad vigilada y las indemnizaciones fijadas a favor de las víctimas.
Así los magistrados del alto tribunal consideran probado que el acusado agredió sexualmente durante meses a los dos menores de edad, de 6 y 8 años, y que además grabó y elaboró material audiovisual de naturaleza sexual protagonizado por ambos niños.
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Relatan que la investigación que permitió descubrir los hechos tuvo un origen fortuito, cuando el 4 de enero de 2024 un trabajador de una tienda de teléfonos móviles revisaba un terminal que había sido adquirido por el establecimiento en noviembre del año anterior y encontró varios archivos de contenido sexual protagonizado por dos menores, por lo que avisó a la Policía.
Este teléfono había sido entregado por una hermana del acusado, que no sabía nada sobre esas grabaciones, tomadas entre julio y octubre de 2023.
Los investigadores pudieron identificar el origen de las grabaciones, recuperar nuevo material almacenado en distintos dispositivos y reconstruir unos hechos que, de no haberse producido ese aviso, difícilmente habrían llegado al conocimiento de las autoridades, explica la sentencia.
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Los magistrados de la Audiencia Provincial destacaron, en la sentencia que ahora se confirma, que el acusado mantenía con los dos menores una relación familiar cercana y los hechos cometidos suponen una "especial quiebra de confianza". EFE
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