Córdoba, 18 jun (EFE).- La Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a 20 años de cárcel a dos hombres acusados de asesinar a otro al que conocieron en un comedor social y que les permitió vivir con él en su domicilio.
La sentencia condena por asesinato por alevosía a estos dos procesados, mientras que impone una pena de ocho años de cárcel a una tercera acusada como cómplice de ese delito.
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La resolución judicial, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), condena además a los tres acusados a dos meses de multa a razón de 6 euros diarios por un delito leve de hurto, mientras que a uno de los hombres le impone dos años de cárcel por un delito de robo con fuerza con uso de llaves falsas cometido en una casa habitada.
Los hechos se produjeron en abril de 2024 cuando la víctima conoció a los tres acusados, dos de ellos eran pareja, en un comedor social de Córdoba donde entablaron relación de confianza fruto de la cual les permitió la estancia en su casa, donde se instalaron los acusados al menos desde el día 1 de abril, para lo que les facilitó las llaves de la vivienda.
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La sentencia considera probado que en la madrugada del 3 de abril se encontraban los tres acusados en la vivienda junto a la víctima y, "en un momento indeterminado de esa noche y por motivos no esclarecidos", los dos hombres acusados comenzaron a golpear al propietario de la vivienda en el salón.
Posteriormente lo llevaron a la fuerza hasta un dormitorio colindante y tras tumbarlo en un colchón comenzaron a golpearlo con puñetazos y patadas en el cuerpo y en el rostro.
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A continuación, puestos de común acuerdo los acusados y con la intención de causar la muerte de la víctima, le taparon la nariz y la boca para que no gritara, y mientras uno de ellos se subía a horcajadas sobre él, el otro aprovechó para anudarle en el cuello un cinturón de albornoz, apretándolo con fuerza.
La víctima perdió la vida por un síndrome asfíctico por estrangulamiento y sofocación por oclusión de orificios respiratorios.
Durante la agresión, los tres acusados pusieron la música a un volumen muy elevado y hablaron a voces para evitar que los vecinos escucharan los golpes y gritos de la víctima.
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La tercera acusada conocía lo que estaba sucediendo en el interior de la vivienda y pese a ello no hizo nada por impedir la agresión, auxiliar a la víctima o pedir ayuda, colaborando así a la comisión del hecho.
Los acusados permanecieron en el interior de la vivienda hasta el día siguiente y se llevaron consigo dos cadenas doradas, una de ellas con una cruz que la víctima llevaba en el cuello, unas zapatillas de deporte, un teléfono móvil y un juego de llaves de la vivienda.
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Uno de los acusados volvió a la vivienda, a la que accedió empleando el juego de llaves de la víctima, y se llevó una televisión con su mando a distancia, hechos por los que ha sido condenado por robo.
En concepto de responsabilidad civil, los condenados deberán indemnizar a la familia de la víctima con cantidades que van desde 74.129 euros para su hija, 49.419 euros para su madre y hasta 22.238 euros para cada uno de sus tres hermanos. EFE
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