Barcelona, 16 jun (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TJSC) ha ordenado que la bandera española ondee cada día en el exterior del Parlament junto a la catalana, al concluir que no supone ningún perjuicio ya que es un signo de "soberanía, independencia, unidad e integridad de la patria".
Así lo ha acordado la sección quinta de la sala contencioso administrativa del alto tribunal catalán en un auto, al que ha tenido acceso EFE, en el que desestima los recursos del Parlament y del Ayuntamiento de Barcelona y ratifica las medidas cautelares que impuso en marzo pasado para que la bandera española ondee de forma "inmediata y permanente" en el exterior de la cámara catalana.
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Fuentes parlamentarias han asegurado que acatarán esta resolución, para evitar problemas a los funcionarios y que no la recurrirán.
De esta forma, según las fuentes, mañana miércoles el Parlament colgará ambas banderas en su fachada -de hecho ya estaba previsto porque lo hacen siempre en los días en que hay pleno- y a partir del viernes -cuando en condiciones normales se arriarían ambas enseñas al no haber sesión-, se verá la novedad al aplicarse la orden judicial.
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El TSJC ha ratificado ahora la decisión de medidas cautelares que adoptó en marzo pasado al aceptar parcialmente una petición de Impulso Ciudadano, entidad liderada por el exdiputado de Ciutadans José Domingo.
La sala desestima los recursos del Parlament y del Ayuntamiento de Barcelona porque considera, entre otros motivos, que aplicar una norma imperativa en materia de banderas no provoca ningún "perjuicio".
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"La bandera es signo de la soberanía, independencia, unidad e integridad de la patria y representa los valores superiores expresados en la Constitución, por lo que difícilmente un símbolo que representa lo anterior puede causar un perjuicio al interés general", apunta el TSJC.
Por este motivo, la sala ordena que las banderas, tanto la catalana como la española, ondeen en el exterior del Parlament "durante todos los días" y no solo en los que hay pleno, como hasta ahora.
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Asimismo, el TSJC se desmarca de las críticas de Impulso Ciudadano, que en un recurso lamentó que el tribunal no detallara si se tenía que colocar una bandera de España gigante junto a la bandera catalana de 54 metros cuadrados que el Parlament izó fuera del edificio en la Diada de 2025.
La sala subraya que la petición de medidas cautelares de Impulso Ciudadano se refería "en exclusiva" a colocar la bandera española de forma inmediata y permanente en "exterior" del edificio parlamentario, mientra que la 'senyera" gigante no está en el "exterior", sino "fuera del mismo".
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"Nos parece evidente que una bandera que está en el entorno exterior de un edificio no puede a la vez ondearlo, en tanto que está fuera del edificio", zanja el TSJC. EFE.
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