
El ministerio fiscal ha presentado un escrito en el que apoya la petición del expresident de la Generalitat Carlos Mazón para la designación de particulares --documentación-- que pueda aportar en su recurso ante la Audiencia de Valencia contra la decisión de la jueza de Catarroja (Valencia) que investiga la gestión de la dana y que rechaza que pueda personarse en el procedimiento.
La magistrada que instruye la gestión de las riadas que el 29 de octubre de 2024 dejaron 230 víctimas mortales en la provincia de Valencia ha citado a Mazón como testigo --tras descartar el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana su investigación--, aunque ha aplazado la comparecencia hasta que la Audiencia resuelva sobre su recurso de apelación contra el auto del 31 de marzo en el que denegaba su personación.
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El representante de la acusación pública considera "procedente" acceder a la petición de designación de particulares efectuada por Mazón. Para la Fiscalía, esa designación de documentos judiciales, cuya remisión a la Audiencia pide el 'expresident', "constituye una facultad consustancial al propio derecho a la segunda instancia" y permite al tribunal que debe resolver sobre esta cuestión "tener acceso al contenido del expediente judicial que resulte relevante para ello".
Al respecto, añade en el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, que el ordenamiento procesal penal prevé en el artículo 766.3 de la LECrim, "el señalamiento de tales particulares en el recurso de apelación, así como, una vez admitido a trámite el recurso, en los escritos de alegaciones del resto de partes".
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En consecuencia, y una vez se ha admitido a trámite, ese recurso de apelación en una diligencia de ordenación del juzgado del 15 de abril, es "pertinente" aceptar la designación de particulares señalados por Mazón "con la finalidad de salvaguardar el derecho a la tutela judicial efectiva del recurrente, y en aplicación del principio 'pro actione'" --interpretación de las normas procesales de la forma más favorable para el acceso a la justicia-- y remitirlos a la Audiencia "para la adecuada resolución del recurso de apelación interpuesto, sin que tal señalamiento constituya un acceso a las actuaciones por parte del recurrente".
"Evidentemente, la situación procesal actual del recurrente le impide acceder al contenido del expediente judicial, como reconoce expresamente en su recurso de apelación. Precisamente por ello, la designación de particulares se efectúa de forma genérica, sin señalar los folios de la causa o los números identificativos de los documentos del expediente electrónico judicial", concluye el fiscal.
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