Recurren las condenas a un guardia civil y su excuñado por revelación de datos de Tráfico

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Sevilla, 13 may (EFE).- Las defensas del guardia civil condenado a cuatro años de prisión por relevación de secretos y cohecho por facilitar a cambio de dinero datos de Tráfico a su excuñado, castigado con tres años de cárcel por ese segundo delito, han recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Rafael Gutiérrez, abogado del ciudadano condenado, ha informado este miércoles a EFE de que su recurso contra la sentencia -que responde a un veredicto del culpabilidad de un jurado popular- se basa, entre otros motivos, en la ausencia de prueba directa de la supuesta dádiva recibida.

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La defensa sostiene que no ha quedado probado que el supuesto ofrecimiento tuviera como finalidad "corromper al funcionario" de la Guardia Civil, e insiste en que los datos obtenidos son accesibles a terceros con interés legítimo, se obtienen con procedimientos administrativos reglados y no tienen carácter "estrictamente reservado o secreto penalmente relevante".

Esta parte -que busca la nulidad del veredicto y de la sentencia- considera que el jurado no explicó por qué descartó la hipótesis de una deuda previa entre ambos procesados y se limitó a afirmar "hechos sin justificar" y sin analizar el contexto relacional entre los acusados.

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El jurado consideró probado que los dos acusados mantenían una relación de amistad de largo recorrido, acentuada por el hecho de que uno de ellos fue cuñado del agente de la Guardia Civil hasta 2005.

Debido a esta cercanía, el ciudadano era plenamente consciente de que el agente tenía acceso a bases de datos restringidas y en 2023, cuando se dedicaba a labores para una agencia de investigación privada, solicitó al guardia civil información específica sobre vehículos, como la identidad de sus titulares, domicilios, seguros e ITV.

A pesar de conocer su deber de confidencialidad y la prohibición de usar estos registros para fines ajenos a su profesión, el agente accedió a facilitar los datos a cambio de una remuneración económica o dádiva ofrecida por su expariente.

La sentencia de la Audiencia calificó esta colaboración como una "máxima expresión de comportamiento corrupto", al poner herramientas públicas al servicio de intereses privados, y el magistrado rechazó el argumento de la defensa que sostenía que se trataba de información pública accesible previo pago de tasas. EFE

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