
Orange y Vodafone España tendrán derecho a recuperar sumas considerables tras el fallo de la Audiencia Nacional, que declaró contrarias a la normativa europea las liquidaciones del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) que les fueron aplicadas en varios ejercicios. Según difundió Europa Press y adelantaron los medios 'El País' y 'Expansión', el tribunal respaldó los recursos de ambas operadoras, estableciendo que la Agencia Tributaria deberá restituir un total de 107,5 millones de euros a ambas compañías después de considerar ilegítimas dichas liquidaciones.
De acuerdo con la información publicada por Europa Press, las resoluciones judiciales fechadas el 10 de marzo y el 18 de febrero estiman íntegramente los recursos presentados por Orange y Vodafone contra el Tribunal Económico-Administrativo Central, reconociéndoles el derecho a la devolución de las cantidades ingresadas por el IAE. Para Orange, la sentencia afecta a los ejercicios 2018, 2019 y 2020 y abarca tanto sus servicios de telefonía fija como de telefonía móvil. Vodafone España, por su parte, consigue la devolución para los ejercicios 2018 y 2019 relacionados con el gravamen sobre los servicios de telefonía móvil.
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El dictamen concreto otorga a Orange, incluida en el grupo MasOrange, la posibilidad de recuperar 62,3 millones de euros, mientras que Vodafone España, propiedad del fondo británico Zegona, verá reintegrados algo más de 45,2 millones de euros. Ambos importes incluyen los intereses legales de demora correspondientes a las cantidades cuya devolución ordenan las sentencias. Una de las resoluciones citadas por Europa Press recoge que se reconoce a Orange España "el derecho a la devolución de las sumas indebidamente ingresadas en las arcas públicas en concepto de IAE durante los ejercicios 2018, 2019 y 2020, junto con los intereses de demora correspondientes". En el caso de Vodafone España, la decisión judicial apunta al derecho a que "le sean devueltas las cantidades indebidamente ingresadas en concepto de Impuesto sobre Actividades Económicas, cuota nacional, por 'servicios de telefonía móvil', en los ejercicios 2018 y 2019 a que se refieren las liquidaciones que ahora se anulan, junto con los intereses de demora correspondientes".
Detalló Europa Press que la suma de las liquidaciones anuladas correspondientes a Vodafone España en 2018 y 2019 asciende a 22,88 millones y 22,34 millones de euros, respectivamente. La cuantía global entre ambas compañías supera los 107 millones de euros, mostrando el elevado impacto económico de la decisión.
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En la fundamentación de las sentencias, los magistrados argumentan que el epígrafe del IAE aplicado a los operadores de telefonía móvil, calculado en función del número de clientes por localidad, se opone a lo dispuesto por la normativa europea. La introducción de este epígrafe, subrayan los jueces en las resoluciones recogidas por Europa Press, perseguía un propósito meramente recaudatorio y estaba dirigida a incrementar los ingresos de las haciendas locales, sin responder a los objetivos de eficiencia y funcionamiento del mercado interno tal como establece la directiva europea sobre redes y servicios de telecomunicaciones. Según los jueces, la recaudación de este impuesto se destina a cubrir las necesidades administrativas locales y resulta "extraño al IAE el garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior de las redes y servicios de telecomunicaciones".
Este reciente pronunciamiento de la Audiencia Nacional suma antecedentes favorables para Vodafone en litigios similares. En noviembre de 2023, el Tribunal Supremo ya resolvió a favor de la operadora respecto del IAE correspondiente al ejercicio 2014, permitiéndole recuperar algo más de 27 millones de euros sumados a los intereses vinculados. Según consignó Europa Press, este fallo se une a otros de ejercicios anteriores: en 2012 y 2013, Vodafone había conseguido la anulación de liquidaciones por aproximadamente 80 millones de euros en conjunto.
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Las sentencias marcan un hito en la interpretación del IAE aplicable al sector de las telecomunicaciones, avalando la posición de las operadoras respecto a la incompatibilidad de algunos epígrafes del tributo con los marcos legales europeos. Según detalló Europa Press, la postura de los tribunales refuerza la exigencia de adaptar la fiscalidad nacional a los requerimientos comunitarios en materia de libre competencia y funcionamiento óptimo del mercado interior.
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