
La sentencia dictada sobre este caso determina que, además de las penas de prisión, los condenados deberán mantenerse alejados y sin contacto con la víctima y las otras menores agredidas por décadas, y abonar indemnizaciones económicas que alcanzan decenas de miles de euros. La Audiencia de Huesca, según reportó Europa Press, fijó la inhabilitación para ejercer cualquier empleo que implique trato habitual y directo con menores a los tres adultos condenados, así como la prohibición de comunicación o proximidad a las víctimas durante años, como parte de las medidas complementarias tras haberlos declarado culpables de delitos de persecución y múltiples agresiones sexuales a una adolescente de 14 años.
De acuerdo con Europa Press, los hechos ocurrieron entre finales de 2019 y principios de 2020 en el barrio del Perpetuo Socorro, en Huesca. Los tres adultos, identificados como Juan Ramón G.L. (alias ‘Ñoño’), Juan Antonio G.G. (alias ‘Antoñito’), y Mateo M.N., recibieron condenas que, en conjunto, suman más de 26 años de cárcel. Las penas individuales varían: Juan Ramón G.L. y Juan Antonio G.G. enfrentan condenas de más de cinco años de prisión cada uno, mientras que Mateo M.N. fue sentenciado a quince años. Todos ellos ya se encontraban en prisión provisional antes de anunciarse la sentencia.
El fallo judicial indica que los ahora condenados cometieron ataques repetidos y amenazas contra una misma menor, que tenía 14 años al momento de los hechos y actualmente cuenta con 16. Además, Juan Ramón G.L. fue hallado culpable de tres delitos sexuales adicionales cometidos contra otras menores distintos de la víctima principal. Según informó Europa Press, antes del juicio las defensas de dos de los acusados suscribieron un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y la acusación particular.
La resolución recoge que las agresiones consistieron en una serie de ataques sexuales cometidos desde el 2 de noviembre de 2019 hasta enero de 2020. Mateo M.N., quien contaba con 21 años de edad y antecedentes penales, llevó a la víctima junto a otros menores a un descampado del Parque de Los Mártires. Cuando la menor trató de marcharse, la amenazó con que tendría problemas si se iba. Poco después, Juan Antonio G.G. llegó al lugar, supo la edad de la joven, la sujetó de los brazos, la besó contra su voluntad y la trasladó detrás de un remolque, donde la arrojó al suelo y la violó vaginalmente, según relató el tribunal. Para evitar que gritase, le cubrió la boca mientras Mateo y otros dos menores observaban y uno grababa los hechos.
La sentencia de la Audiencia de Huesca detalla, según Europa Press, que tras esa primera agresión los acusados rodearon a la menor y la amenazaron con un video de los hechos, advirtiéndole que la matarían si no accedía a realizar una felación. Luego le ordenaron marcharse y la insultaron, amenazando con difundir las imágenes si denunciaba lo sucedido. Los informes judiciales recogidos por Europa Press establecen que, hasta marzo de 2020, los adultos y los menores que participaron en los hechos persiguieron y amedrentaron de forma continuada a la víctima. Entre las conductas de acoso documentadas figuran perseguir a la joven con un machete, arrastrarla del pelo cuando estaba en una moto e intentar forzarla a entrar en un maletero.
El 3 de marzo de 2020, según consta en la sentencia recogida por Europa Press, Mateo M.N., Juan Ramón G.L. y un menor interceptaron a la menor en la vía pública y la obligaron a entrar en una vivienda abandonada, donde la volvieron a violar en varias ocasiones. El 9 de enero de ese mismo año, la golpearon en las piernas y los brazos con palos, lo que le provocó lesiones visibles en forma de hematomas. Otra ocasión documentada por el tribunal ocurrió cuando Juan Ramón y Mateo intentaron, sin éxito, meterla en una caseta abandonada después de prender fuego en su interior. El 1 de marzo se produjo otra violación.
El tribunal sostiene que las actuaciones de los condenados buscaron someter a la víctima bajo amenazas, forzándola a mantener relaciones sexuales en contra de su voluntad y a practicar felaciones, lo que provocó que la joven viviera en un estado de hipervigilancia permanente.
Por otra parte, Europa Press informó que Juan Ramón G.L. fue condenado por tres delitos de agresión sexual adicionales ocurridos en octubre y noviembre de 2020. En uno de los casos, recogió en su vehículo a una menor tutelada, la manoseó y trató de violarla, pero la joven logró escapar. En ese mismo mes, agredió sexualmente a otra menor y, posteriormente, repitió el comportamiento con una tercera víctima, quien también consiguió huir.
Las penas impuestas, según describió Europa Press, incluyen para Mateo M.N. una condena de catorce años y seis meses por los delitos principales, una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima a menos de 500 metros durante 24 años, una medida de libertad vigilada de diez años después del cumplimiento de la pena principal, y la inhabilitación para ejercer actividades con menores durante 20 años. Además, recibió seis meses adicionales de reclusión por acoso.
Juan Ramón G.L. y Juan Antonio G.G., a quienes se aplicaron atenuantes de dilaciones indebidas y reparación del daño tras el acuerdo previo con Fiscalía y acusación particular, fueron condenados a cinco años de prisión, prohibición de comunicación y acercamiento a la víctima durante 15 años, diez años de libertad vigilada y una década de inhabilitación para cualquier puesto que implique contacto regular y directo con menores.
Por los tres delitos de agresión sexual “sin acceso carnal” perpetrados contra otras menores, la Audiencia de Huesca sancionó a Juan Ramón G.L. con cuatro meses de prisión, prohibición de acercarse a las víctimas durante diez años, medida de libertad vigilada por cinco años y la inhabilitación durante diez años para empleos con contacto habitual con menores, sumándose otros dos meses y veinte días de cárcel por acoso.
En la dimensión económica, el fallo obliga a los tres condenados a indemnizar de forma conjunta y solidaria a la víctima principal con 30.000 euros, y en el caso de Juan Ramón G.L., deberá abonar a las otras tres víctimas cantidades individuales de 10.000, 9.000 y 9.000 euros, respectivamente.
Las medidas detalladas por Europa Press buscan tanto sancionar los comportamientos delictivos documentados como proteger a las víctimas durante un largo periodo, restringiendo la potencial reincidencia y el contacto con menores tras cumplir las penas privativas de libertad. La causa evidencia la colaboración judicial para lograr sentencia a través de acuerdos de conformidad entre partes y la imposición de inhabilitaciones prolongadas, buscando limitar riesgos a otros menores en el futuro. Los hechos probados y las declaraciones de las víctimas han permitido fundamentar un fallo que abarca la pluralidad de acciones delictivas, el empleo reiterado de la intimidación y las secuelas generadas en las afectadas.

