Confirman 12 años de cárcel a un luchador de muay thai que noqueó a un hombre de un golpe

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Madrid, 14 feb (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha confirmado 12 años de prisión para un luchador de muay thai por intentar matar a un hombre que le recriminó cómo conducía, en una sentencia en la que los magistrados subrayan que el acusado sabía del posible resultado mortal del golpe que propinó a la víctima, con el que la noqueó.

El fallo confirma íntegramente la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a Mohamed A. y a otro implicado en los hechos, descartando los recursos en contra de la misma en relación con los hechos ocurridos el 9 de septiembre de 2023 en la localidad madrileña de Zarzalejos, tras unos festejos taurinos, según informa el TSJM.

Los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del alto tribunal madrileño avalan la condena a 12 años de cárcel para Mohamed A. como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa y varios delitos de lesiones.

Subrayan el dolo homicida y la intensidad del ataque, ya que actuó "sabiendo que desarrollaba una conducta idónea para matar y aceptando ese resultado", y destacan que se trata de un luchador de artes marciales como muay thai y kick boxing, con experiencia en combates de contacto, lo que refuerza la imputación porque sabía del daño que podía causar, añade la sentencia.

También confirman la condena de dos años de prisión impuesta a Hamza B., copiloto del principal condenado y participante activo en la agresión múltiple que se inició cuando la víctima, que paseaba con su pareja y otros familiares, le reprochó a Mohamed A. su forma de conducir.

Tras ser recriminado, Mohamed detuvo el coche de forma brusca, dio marcha atrás, descendió del automóvil y dirigiéndose directamente hacia Sergio C. E., sin previo aviso ni forcejeo, le propinó un puñetazo en el pómulo derecho que provocó que cayera desplomado de espaldas, golpeándose violentamente la nuca contra la calzada y perdiendo el conocimiento de manera inmediata.

El tribunal destaca que la víctima quedó "inerte en el suelo", sin capacidad de defensa.

La pelea se generalizó cuando familiares de la víctima intentaron auxiliarle y Mohamed continuó empleando una violencia intensa contra varias personas, mientras que su amigo agredió activamente a otro hombre mediante puñetazos, patadas y rodillazos que continuaron pese a que su víctima ya se encontraba en el suelo, también sin posibilidad de defensa.

Sergio C. E. sufrió lesiones graves, como fractura occipital, hundimiento del pómulo, hemorragias intracraneales y hematomas epidurales y subdurales, que obligaron a dos intervenciones quirúrgicas urgentes y a su ingreso en Cuidados Intensivos.

Los informes médicos confirmaron que las lesiones "tuvieron intensidad suficiente para provocar la muerte", de no haber mediado asistencia sanitaria inmediata.

Los magistrados argumentan que, en contra de lo que defiende el principal acusado, sí existe dolo homicida, ya que este actuó "al menos sabiendo que desarrollaba una conducta idónea para matar y aceptando ese resultado si llegara a producirse".

Añaden que la intención de matar puede inferirse de datos objetivos, y cita como determinantes "la naturaleza del golpe propinado, descrito como fortísimo", la parte del cuerpo golpeada (la cabeza) y "la intensidad del acometimiento, capaz de originar la caída de la víctima desplomada de espaldas".

La sentencia concede especial relevancia a la condición de luchador de artes marciales del condenado, razonando que "no es aventurado concluir que (esa práctica) le depara especiales conocimientos sobre la efectividad y contundencia de un ataque físico, centrado en puntos vitales del cuerpo humano", y de hecho dio un solo golpe "certero" a la víctima con el que la noqueó. EFE