
La cuestión sobre los límites de la ley de amnistía aprobada en España ha generado un debate judicial que afecta directamente al líder independentista catalán Carles Puigdemont. De acuerdo con Europa Press, la Fiscalía y la Abogacía del Estado han presentado escritos ante el Tribunal Constitucional (TC) respaldando el recurso de amparo presentado por Puigdemont, después de que el Tribunal Supremo (TS) denegara la aplicación de la amnistía en relación con el delito de malversación imputado al expresidente catalán.
Según detalló Europa Press, ambas instituciones sostienen que el Tribunal Supremo ha vulnerado derechos fundamentales de Puigdemont al establecer que la ley de amnistía no es aplicable en su caso. El TS argumentó su decisión en dos excepciones concretas recogidas en la propia ley: la existencia de un delito de malversación motivado por “obtener un beneficio personal de carácter patrimonial” y que los hechos en cuestión tengan impacto sobre los intereses económicos y financieros de la Unión Europea.
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El Ministerio Público solicitó expresamente que el Tribunal Constitucional reconozca la vulneración de los derechos de Puigdemont a la tutela judicial efectiva, a la libertad personal y a la participación política. Además, propuso que se retrotraigan las actuaciones al momento anterior en que el Supremo dictó, en julio de 2024, el auto que dejó sin efecto la amnistía respecto al delito de malversación de caudales públicos. Tanto Puigdemont como los exconsejeros Toni Comín y Lluís Puig están procesados por estos hechos.
En su informe, la Fiscalía argumentó que la decisión del Supremo se apartó de la naturaleza política y pública de la ley de amnistía. “No puede tenerse por razonable, en términos de tutela judicial efectiva, una lectura jurídica de los hechos que no solo se aparta absolutamente de la razón de ser y del contexto --insoslayablemente político y público-- de la norma que dice aplicar, sino que además incurre con ello en lagunas de argumentación y contradicciones lógicas tan extremas como insalvables”, sostuvo la Fiscalía en el texto citado por Europa Press. La institución también hizo énfasis en la obligación judicial de favorecer al procesado en la interpretación legal, sin sobrepasar las consecuencias penales definidas por el legislador.
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Por su parte, la Abogacía del Estado expuso que la ley de amnistía, validada por el propio Tribunal Constitucional, expresa de manera explícita su objetivo de amnistiar conductas como las atribuidas a Puigdemont en su recurso. Los servicios jurídicos defendieron que la interpretación empleada por el TS en cuanto a la inexistencia de beneficio patrimonial y la carencia de perjuicio económico a la Unión Europea lleva a una decisión “inmotivada e irrazonable” al rechazar la amnistía para el delito de malversación en este caso, según publicó Europa Press.
Tanto la Fiscalía como la Abogacía insisten en la inclusión del delito de malversación en el ámbito de la amnistía, poniendo de relieve que la exclusión realizada por el Supremo no alcanza un justificación suficiente y lesiona el derecho a la tutela judicial efectiva. Según la Abogacía del Estado, la interpretación restrictiva aplicada por el TS vulnera este derecho fundamental de Puigdemont, de acuerdo a la información obtenida por Europa Press.
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A raíz de estos alegatos, la máxima instancia judicial española deberá pronunciarse sobre la adecuación constitucional de la decisión del Supremo y, en consecuencia, sobre el alcance real de la medida de gracia en el contexto de los procesos vinculados al independentismo catalán y sus dirigentes.
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