
Los gastos derivados del envío individualizado de sobres y papeletas electorales o materiales de propaganda a los votantes estarán subvencionados con 0,19 euros por cada persona inscrita en el censo electoral, siempre que la candidatura haya obtenido representación en las Cortes de Castilla y León. Esa disposición, establecida en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda y publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) este jueves, regula el reparto de fondos públicos asignado a las formaciones políticas que compitan en las elecciones autonómicas del próximo domingo 15 de marzo. Según informó el Bocyl, se han precisado las cuantías que podrán justificar los partidos y agrupaciones que concurran a dichos comicios.
La orden determina que por cada escaño obtenido en las Cortes, los partidos recibirán 10.205,62 euros, y 0,40 euros por cada voto conseguido siempre que la candidatura haya logrado representación parlamentaria, de acuerdo con lo publicado por el Bocyl y reportado por diversos medios. El cálculo de estas subvenciones responde tanto al número de procuradores obtenidos como a la cantidad de sufragios recibidos, siempre y cuando estos superen el umbral mínimo que implica la obtención de al menos un escaño.
Además del pago por cada escaño y voto, la regulación añade 0,19 euros por cada elector de los municipios en los que se haya presentado candidatura con representación, destinados a compensar los gastos directos generados por el envío de papelería electoral y comunicación personalizada, como detalló el Bocyl. El objetivo es costear los materiales y la distribución necesarios para que los votantes reciban en sus domicilios la documentación electoral.
Con respecto al límite máximo de inversión permitida en campaña, la orden establece una cantidad máxima al multiplicar 0,38 euros por la cifra de habitantes de derecho de las circunscripciones donde se presente cada partido, federación, coalición o agrupación. Esta limitación busca regular el gasto electoral y asegurar el cumplimiento de la legislación vigente, estipulando un techo en función de la población de cada distrito electoral, según consignó el Bocyl.
El marco normativo que sustenta este sistema de subvenciones se encuentra en el Título VI de la Ley Electoral de Castilla y León, aprobada en 1987. En su artículo 45, la ley define que se concederán subvenciones tanto por la obtención de cada escaño como por cada voto conseguido. Asimismo, incluye la cobertura de los costes originados por el envío postal de materiales electorales a los electores. El artículo 47 de la citada ley establece los topes de gasto electoral según el número de habitantes en cada circunscripción, lo que permite dimensionar el tamaño de las campañas acotando los recursos disponibles en cada territorio, destacó el Bocyl.
Los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores podrán justificar ante la administración electoral los gastos derivados de su participación, ajustándose a las cuantías y conceptos previstos por la orden. De acuerdo con lo publicado por el Bocyl, el objetivo de este sistema de subvención es permitir la financiación proporcional y transparente de los costes asociados a la campaña, garantizando condiciones equitativas entre las diversas candidaturas participantes.
Según determina el Bocyl, las cantidades señaladas buscan resarcir los costes fundamentales de campaña —como la impresión y envío de papeletas, así como los materiales de propaganda electoral— sin que los partidos puedan superar el límite fijado por ley, lo que contribuye al control y justificación del gasto público electoral en cada proceso autonómico. Además de la dotación añadida por cada elector para el material enviado, los partidos tendrán que presentar justificaciones detalladas de todos estos desembolsos, conforme al procedimiento establecido por la normativa.
La regulación difundida por el Bocyl se aplicará a las elecciones autonómicas previstas, siendo de obligado cumplimiento para todas las formaciones que concurran a las urnas el 15 de marzo. Con ello, la Consejería de Economía y Hacienda establece el marco económico legal para la campaña electoral en Castilla y León, y delimita las compensaciones económicas y los límites de desembolso en función de los resultados y la implantación territorial de cada candidatura.


