
Durante la última sesión del juicio celebrado en la Audiencia Nacional contra Javier López Madrid, José Manuel Villarejo y Rafael Redondo, la abogada de Elisa Pinto sostuvo que la primera denuncia presentada por la dermatóloga data de 2014 y que el contenido de las agendas de Villarejo coincide con las acusaciones planteadas desde entonces. Tal como detalló la acusación particular este martes, las notas halladas en dichos documentos indicarían que el presunto encargo y los hechos denunciados por Pinto quedaron reflejados por el propio excomisario, quien —según la abogada— documentó exhaustivamente lo que ocurría. En este contexto, el proceso ha quedado visto para sentencia, con las partes enfrentando posturas divergentes sobre la existencia de pruebas que permitan dictar una condena.
De acuerdo con lo publicado por la agencia Europa Press, tanto la Fiscalía como las defensas de los acusados solicitaron su absolución manifestando que no se ha demostrado la existencia de pago alguno ni prueba material suficiente para acreditar un delito de cohecho. El Ministerio Público, cuya posición se expuso en el último informe oral, descartó que hubiera elementos como “dádiva, presente u ofrecimiento de promesa” de López Madrid al comisario jubilado Villarejo. Sobre este punto, la Fiscalía sostuvo que no existe registro documental ni evidencia concreta de que se produjera una entrega de dinero, pago o compensación por el supuesto encargo, condición considerada imprescindible para atribuir la comisión de este delito.
Durante el juicio, según informó Europa Press, las defensas subrayaron la imposibilidad de probar el pago por parte de López Madrid a Villarejo o a su grupo empresarial, CENYT. El abogado de Villarejo declaró que ni los hechos objeto de la acusación ni el escrito de la abogada de Pinto contienen las descripciones necesarias para fundamentar un delito de cohecho. Además, apuntó que el testimonio de la dermatóloga no resulta coherente con quien declara haber estado en una situación forzada. Elisa Pinto, por su parte, indicó durante el juicio sentirse obligada a mantener algún tipo de comunicación con López Madrid, la cual incluía llamadas, mensajes de WhatsApp y visitas a su domicilio y consulta, aunque, según recogió la agencia, la defensa objetó que tales elementos no demuestran la existencia de un pacto ilícito ni el pago por un encargo.
Respecto al papel de Rafael Redondo, asociado de Villarejo, la defensa insistió en que no se ha producido ningún hecho que vincule a su cliente con el presunto delito. El letrado argumentó que la única participación documentada de Redondo fue una visita junto a López Madrid a la consulta de Pinto, sin relación directa con los hechos investigados, y calificó a su defendido como una figura envuelta en un conflicto ajeno. A su vez, la defensa de López Madrid defendió que no existe documento que acredite el pago y que jamás indicó a Villarejo que continuaba ejerciendo como funcionario activo, circunstancias consideradas importantes para desmontar la acusación.
En su informe final, la Fiscalía también matizó que, si bien existen anotaciones como “entrega 10 a cuenta” en la agenda de Villarejo, esta frase aislada carece según el Ministerio Público de la potencia suficiente para destruir la presunción de inocencia. El fiscal reconoció la existencia de aspectos desfavorables para la tesis absolutoria, pero puntualizó que las anotaciones, aunque posean valor probatorio, no constituyen por sí solas una base sólida para una condena si no van acompañadas de una corroboración externa e indiscutible de la materialidad del pago. El Ministerio Público también expuso que las comparaciones con otros procedimientos judiciales en los que estuvo involucrado Villarejo no resultan relevantes en este caso, ya que carecen de impacto probatorio para la situación concreta examinada.
Por el contrario, la acusación particular —según consignó Europa Press— defendió que en el presente proceso el pago ha quedado “perfectamente acreditado”, aunque advirtió sobre la rareza de que existan registros de las llamadas “hojas de encargo”. La letrada aludió a la frase “entrega 10 a cuenta” como indicio de que el pago se realizó en efectivo, por lo que no se habría generado rastro documental. Además, enfatizó que en las agendas de Villarejo no se mencionan otros litigios que pudieran involucrar a López Madrid y que aparecen referencias únicas y constantes al supuesto encargo objeto del proceso. Según la acusación, la negativa del empresario a presentar denuncia delimita y enmarca el presunto delito.
La abogada de Pinto también relató ante el tribunal las consecuencias personales y profesionales que sufrió su representada tras verse implicada en el caso, describiendo una situación en la que la dermatóloga se enfrentó a episodios de desprestigio en medios de comunicación y ante sus propios pacientes. Según su declaración, al abrir la consulta encontraba que quienes acudían a visitarla habían leído informaciones que la señalaban negativamente, haciéndole padecer una exposición mediática que desde la acusación define como “muerte civil”.
En las declaraciones ante el tribunal, José Manuel Villarejo rechazó las acusaciones e insistió en que nunca recibió compensación alguna a cambio de su participación en el conflicto personal entre López Madrid y la doctora Pinto. Villarejo sostuvo que el empresario solo acudió a él en busca de apoyo y lo empleó, en palabras del excomisario, como una especie de “psiquiatra”, ahorrándose así los honorarios profesionales. Según explicó en su testimonio, López Madrid le fue presentado en el verano de 2013 por otro empresario vinculado al entorno de CENYT y le trasladó un problema de índole sentimental, al que Villarejo restó importancia considerándolo propio de una ruptura no asumida por una de las partes. Durante el juicio, también negó haber proporcionado a López Madrid una hoja de encargo profesional o haberle detallado los servicios ofertados desde su grupo empresarial.
En su declaración, Elisa Pinto sostuvo que López Madrid recurrió a Villarejo debido a su experiencia en fabricar coartadas y a sus capacidades para interferir en denuncias, según comunicó Europa Press. La dermatóloga afirmó que el empresario amenazó con contratar a un comisario experto para garantizar que cualquier denuncia suya no prosperase, y que poseía la influencia necesaria para afectar negativa y significativamente su vida personal y profesional. Pinto afirmó que deseaba que cesaran las supuestas amenazas y presiones, expresando el temor por la influencia y contactos que López Madrid mantenía en ámbitos hospitalarios y entre sus pacientes.
A lo largo de la vista oral, se puso de manifiesto que los tres acusados renunciaron a ejercer su derecho a la última palabra. De esta manera, la presidenta del tribunal, Teresa Palacios, declaró el proceso concluso y pendiente de sentencia, según reportó Europa Press. Este juicio se suma a otro procedimiento judicial por el presunto acoso a la dermatóloga, cuya celebración se encuentra prevista para el mes de febrero.

