
Carmelo Ovono, viceministro de Seguridad Exterior e hijo de Teodoro Obiang, presidente de Guinea Ecuatorial, y su cúpula de seguridad han sido citados a declarar ante el juez de la Audiencia Nacional (AN) Santiago Pedraz por presuntos delitos de terrorismo, secuestro y torturas.
Así lo ha acordado el titular del Juzgado de Instrucción Número 5, según una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que llama a que declaren Ovono, el ministro de Seguridad Nacional, Nicolás Obama, y el director general adjunto de Seguridad Presidencial, Isaac Nguema, el próximo 5 de febrero a las 10.00 horas.
La defensa del mandatario africano ha comunicado a la AN que sus tres representados aceptan declarar por videoconferencia desde la Embajada de España en Malabo, la capital ecuatoguineana, según un escrito al que ha tenido acceso Europa Press.
Cabe recordar que Pedraz dictó orden de detención e ingreso en prisión contra los tres procesados en febrero de 2024 por el presunto secuestro y desaparición de cuatro miembros del Movimiento para la Liberación de Guinea Ecuatorial-Tercera República (MLGE3R).
Con este objetivo, el juez acordó también remitir testimonio de su auto junto con las órdenes de detención, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como a SIRENE e Interpol.
Pocos días antes, la Sala de lo Penal ordenó al juez dictar órdenes internacionales de detención contra todos ellos tras estimar el recurso presentado por el MLGE3R, al que se sumaron las familias de las víctimas, contra la resolución del juez instructor en la que denegó esta medida.
Frente a la alegada falta de jurisdicción de España para la investigación de los hechos, los magistrados corrigieron al instructor al entender que en el momento en que adoptó su decisión "no existía conflicto alguno de jurisdicción que supusiera la pérdida de competencia" por el Juzgado Central de Instrucción Número 5.
LOS MOTIVOS PARA LAS ÓRDENES
La Sala añadió que en ninguna de las resoluciones dictadas por Pedraz expone "ningún motivo que justifique de forma razonada" por qué "decide no librar las órdenes de busca y captura" que reclamaban las acusaciones, es decir, la Fiscalía, el MLGE3R y familiares de las víctimas.
Subrayó además que resultaba "evidente" que los querellados están "en situación de rebeldía", al haber desoído los llamamientos de comparecencia del juez instructor para prestar declaración como investigados y "pese a habérseles facilitado incluso la posibilidad de comparecer a través de videoconferencia".
A su juicio, en la investigación hay datos suficientes sobre la posible implicación de los investigados, según las diligencias policiales y los seguimientos sobre ellos.
La Sala sostuvo que la presencia de los investigados en España "ha quedado constatada", así como la posible relación con la agencia de detectives implicada en los seguimientos realizados a quienes, a la postre, resultaron ser víctimas de los hechos, "graves", además de que se investigan transferencias de importantes cantidades de dinero en entidades bancarias españolas que podrían tener relación.
A partir de todo el material analizado, los magistrados concluyeron que existen indicios para acordar tomarles declaración a los investigados, que es lo que inicialmente se acordó por el instructor y que no se ha podido practicar ante su actitud de obstaculizar.
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