
El Tribunal Supremo debatió el motivo alegado por la defensa de Ali Kouch respecto a la decisión de expulsarle del territorio español al acceder al tercer grado penitenciario y desestimó el argumento de “falta absoluta de motivación” de la sentencia previa. De acuerdo con la información publicada por Europa Press, el alto tribunal estableció que no es necesario que el órgano sentenciador justifique por qué descarta las otras opciones legales posibles y confirmó la decisión de aplicar la expulsión en ese momento concreto, señalando la coherencia jurídica del fallo original.
La sentencia dictada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dejado sin vías legales a la defensa de Ali Kouch y ha ratificado la pena máxima en relación con los hechos ocurridos en mayo de 2021 en Sa Pobla, Mallorca, donde fueron asesinados su esposa embarazada y su hijo de siete años. Europa Press detalló que con la desestimación de este último recurso de casación, la resolución adquiere el carácter de firmeza definitivo y consolida la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Palma, refrendada anteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares.
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Según detalló Europa Press, el tribunal sentenciador condenó a Ali Kouch a 25 años de prisión por el asesinato de su pareja en estado de gestación, impuso prisión permanente revisable por el asesinato del menor y añadió una pena de seis meses de prisión por maltrato habitual. Europa Press informó que la resolución judicial expone cómo Kouch se valió de la relación de confianza y la vulnerabilidad del niño para atacarlo. El tribunal acreditó que el acusado inmovilizó y estranguló a su hijo utilizando los pies, con pruebas como las fibras de la camiseta del menor encontradas en las chanclas que Kouch llevaba puestas al momento de los hechos. Además, la desproporción física entre adulto y niño resultó decisiva para el tribunal, que resaltó la indefensión del menor, quien no habría anticipado un ataque procedente de su propio padre, la persona encargada de su protección.
La resolución judicial, según Europa Press, subrayó la gravedad de las acciones perpetradas por Kouch y justificó la severidad de la reacción penal frente a delitos que involucran víctimas especialmente vulnerables. Las penas dispuestas en el ordenamiento jurídico español, como la prisión permanente revisable, están reservadas para hechos de extrema gravedad, incluidos aquellos en que las víctimas son menores de edad y mujeres en situación de embarazo, circunstancias concurrentes en este caso.
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Europa Press destacó que el Tribunal Supremo consideró “un contrasentido” el planteamiento de la defensa, en cuanto pedía que el órgano judicial explicitase por qué se inclinaba por una de las tres alternativas legales para la expulsión y no por las otras, ya que, según el alto tribunal, basta con argumentar la opción seleccionada si responde a los márgenes legales previstos.
La ratificación definitiva de la condena dictada contra Kouch pone fin de forma irrevocable al proceso judicial y refleja, según recogió Europa Press, la firmeza de la respuesta judicial ante delitos sancionados por la máxima penalidad prevista en el sistema español. Las distintas instancias judiciales por las que transitó la defensa del acusado han reafirmado la validez de las decisiones previas sin introducir modificaciones a las penas impuestas ni a la forma de ejecución de la medida de expulsión.
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