El fallo judicial detalla que, tras una de las agresiones, la mujer quedó tan desprotegida que su única alternativa fue acudir a la puerta de una vecina, vestida solo con una camiseta, para pedir ayuda; fue entonces cuando logró contactar a la policía, según publicó la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra. Sobre la base de estos hechos y el testimonio de la víctima, el tribunal impuso una condena de 21 años de prisión a un hombre, al considerar probado que agredió y golpeó reiteradamente a su pareja durante un año de convivencia en Pontevedra.
De acuerdo con la información recogida por la Audiencia Provincial, la sentencia le atribuye dos delitos de agresión sexual, dos de lesiones vinculadas a la violencia de género y uno de coacciones leves, todos cometidos en un contexto de convivencia sentimental con la víctima. Mientras tanto, el tribunal absolvió al acusado del cargo de maltrato habitual —también contemplado durante el proceso— al no considerarlo suficientemente acreditado, según consignó la resolución. Los hechos ocurrieron mientras la pareja mantenía una relación sentimental que, según el tribunal, se prolongó aproximadamente durante un año y estuvo marcada por episodios de violencia física y sexual.
En uno de los sucesos que describe la sentencia, el hombre propinó varias patadas y puñetazos a la mujer, obligándola a mantener relaciones sexuales desde “una posición dominante como varón”, frase textual extraída del fallo. En otro episodio documentado en la resolución, tras un nuevo episodio de agresión física, el acusado la expulsó del domicilio que compartían y le impidió volver a entrar, dejándola fuera con apenas una prenda de vestir. Como relata el texto judicial citado por la Audiencia Provincial, la víctima se vio obligada a solicitar ayuda a una vecina para poder comunicarse con los servicios de emergencia, circunstancia constatada por varios testigos.
El medio informa que la fundamentación clave de la sentencia gira principalmente en torno al testimonio de la mujer, que el tribunal califica de “coherente y persistente”, interpretando que no existen contradicciones relevantes en su relato y que se corresponde con el contexto y la cronología de los hechos declarados. Las declaraciones de agentes policiales y de otros testigos, incluido el auxilio prestado por la vecina, sirvieron para reforzar la credibilidad del testimonio principal y para aportar elementos objetivos sobre el estado tanto físico como emocional de la víctima tras los incidentes violentos, detalló la Audiencia Provincial.
El tribunal, siguiendo los procedimientos habituales en causas de violencia de género, analizó también la prueba aportada en el proceso respecto a la acusación de maltrato habitual, resolviendo finalmente en favor de la absolución en ese punto. Según resaltó el fallo, pese a que existieron episodios de violencia graves múltiples, no se consideró acreditada la existencia de una dinámica continuada y sistemática de maltrato más allá de los episodios concretos por los que se formula condena.
La sentencia emitida por la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra no agota la vía judicial posible, ya que, según recuerda el propio fallo, el acusado puede recurrir ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), manteniéndose la resolución como no firme y abierta a revisión. El proceso, según relató la fuente judicial, se caracterizó por la relevancia dada a los relatos presenciales y a la valoración de las pruebas testimoniales y periciales, además de la documentación médica que corroboró las lesiones sufridas por la mujer.
La condena acordada, informó la Audiencia Provincial, es resultado directo de la suma de las penas correspondientes a cada uno de los delitos imputados, ajustándose a la legislación vigente en materia de protección y tutela frente a la violencia sobre la mujer. El tribunal, al individualizar la pena, tuvo en cuenta tanto la gravedad de los hechos probados como las circunstancias personales y antecedentes del acusado.
En definitiva, según reportó la Audiencia Provincial de Pontevedra, este caso se suma a los procesos judiciales que examinan la violencia en el ámbito de las relaciones sentimentales, enfatizando el valor probatorio del testimonio de la víctima cuando es corroborado por datos objetivos y declaraciones coincidentes de terceros, circunstancia que resultó determinante para la condena principal.

