El Tribunal Militar Territorial de A Coruña ha desestimado un recurso contencioso disciplinario militar de un guardia civil destinado en O Porriño y ha ratificado la sanción que se le impuso (una reprobación por escrito) como autor de una falta leve, por encubrir la falta de otra compañera.
Los hechos ocurrieron en mayo de 2024, cuando este guardia y su compañera fueron asignados a un servicio de seguridad ciudadana. Antes de que finalizase su turno, y a petición de su compañera, que estaba indispuesta, ambos regresaron al cuartel. La guardia que se encontraba mal se ausentó del cuartel, mientras que su compañero se quedó en las instalaciones, pero no notificó lo ocurrido a nadie, ni lo reflejó en el parte de servicio.
La agente que dejó su puesto fue sancionada como autora de una falta grave, mientras que su compañero también fue sancionado, con una reprensión (una sanción disciplinaria que implica una reprobación por escrito de su superior) por falta leve, por no haber dado cuenta de lo sucedido y haber encubierto la falta de su compañera.
En su recurso, el agente sancionado alegó que se había vulnerado su presunción de inocencia y que su conducta no fue merecedora de sanción disciplinaria, puesto que se había limitado a seguir las órdenes de su compañera que, en la pareja, hacía funciones de superior, y que le había pedido que la llevase de vuelta porque estaba indispuesta y quería irse a casa.
Sin embargo, el Tribunal Militar señala que la sanción fue correcta ya que no se le reprochó que hubiese obedecido o no a su compañera, sino que no dio cuenta de la incidencia a la superioridad. Por ello, ha desestimado el recurso y ha confirmado la resolución dictada por el Jefe de la Compañía de Vigo.
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