Un juzgado rechaza la querella contra una policía infiltrada en movimientos sociales de Girona

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El Juzgado de Instrucción número 3 de Girona ha inadmitido la querella presentada por el activista Òscar Campos y diversas entidades y organizaciones en contra de una agente de la Policía Nacional que se infiltró en los movimientos sociales de Girona y Salt, según un auto consultado por Europa Press.

En la querella, el afectado --con quien la agente tuvo una relación de 3 años-- argumentaba que la relación sentimental que mantuvo entre 2020 y 2023 "no fue fortuita ni casual, sino falaz", en tanto que no estaba basada en un sentimiento afectivo real por parte de la querellada, que le ocultó su identidad real y su condición de agente de policía.

Sin embargo, el juzgado determina que "no puede entender que ésta, en su actuar, se extralimitara en las órdenes recibidas", y añade que no cuenta con referencias para entender que la relación se mantuviera en desigualdad de condiciones, forzada o con limitación de capacidad o de libertades de la parte querellante.

"En consecuencia, no podemos hablar ni de delito de delitos de tortura ni contra la integridad moral en los términos previstos en el artículo 174 a 176 del Código Penal y en relación el artículo 4 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea ni, por tanto, de delito de lesiones", explica la jueza.

Respecto al hecho de introducirse en el entorno más cercano de Campos, la jueza detalla que no cuenta con elementos relatados en la querella para entender que la participación en dichas reuniones o actividades no fueran consentidas por el mismo Campos, ni que dicha asistencia se produjera en un entorno fuera de la relación de pareja o de amistad con personas que primero conoció.

Por otro lado, la inadmisión también se basa en que la asistencia de Isern a dos reuniones con los abogados de Campos fue en el marco de la relación de confianza entre la pareja, y por ello, no puede verse perjudicado el derecho de defensa, textualmente.

RECURSO ANTE LA AUDIENCIA

Finalmente, la magistrada concluye que "no se relatan elementos para entender que la querellada inició forzadamente y en plano de desigualdad una relación sentimental con el querellado para obtener información de inteligencia", y por ello, la actuación de la policía no fue desproporcionada.

Ante esto, los querellantes argumentan estar en "desacuerdo" con el contenido de la decisión porque, a su juicio, no es adecuada a derecho, y por ello ha interpuesto un recurso de apelación en la Audiencia Provincial de Girona contra la interlocutoria.