
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un hombre y a una mujer a penas de cárcel de dos años y tres meses y de un año y diez meses, respectivamente, por apoderarse de 65.000 euros del dueño de la casa en la que vivían, y en la que los tres habían accedido convivir para ayudarse mutuamente.
La pareja fue procesada por llevarse de la vivienda diversos objetos por valor de 2.000 euros, utilizar talones bancarios del propietario para hacerse con 53.000 euros y usar su tarjeta de crédito para extraer 11.500 euros del cajero.
Se enfrentaban a siete años y siete y medio de prisión pero al inicio del juicio, señalado esta mañana en la Sección Tercera de la Audiencia cántabra, las partes han alcanzado un acuerdo.
El tribunal ha llevado a sentencia la conformidad y les ha condenado como autores de un delito continuado de hurto y otro de estafa agravada en concurso con falsedad documental, a las citadas penas de dos años y tres meses de prisión para él así como multa de 480 euros (a razón de una cuota diaria de 4 euros durante cuatro meses) por reincidente; y de un año y diez meses de cárcel y multa de 360 euros (4 euros diarios durante tres meses) para ella. De forma previa, se enfrentaban al pago de 4.320 euros.
A la hora de aplicar la pena se ha tenido en cuenta la concurrencia de dos circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal: dilaciones indebidas -los hechos datan de 2016- y reparación del daño -han consignado judicialmente 3.000 euros antes de la celebración de la vista oral-.
En concepto de responsabilidad civil, deberán indemnizar a los herederos del hombre, que falleció meses después a los hechos, en las cantidades sustraídas.
Además, la acusación particular -que reclamaba nueve años y tres meses de prisión y 9.000 euros de multa a cada uno- ha indicado que se reserva las acciones civiles que correspondan para poder proceder contra el banco, al entender que tenía que haber sido más diligente, han informado a esta agencia fuentes personadas.
HECHOS
Según los hechos que figuran en el escrito de la acusación fiscal, y que han admitido los dos enjuiciados, comenzaron a vivir en casa de la víctima de mutuo acuerdo y para ayudarse entre los tres.
Pero estando el propietario de la vivienda ingresado en el hospital, donde permaneció siete meses, el acusado, en connivencia con la procesada y "con la finalidad de obtener un beneficio económico ilícito", se llevó del domicilio "sin consentimiento" de su dueño diversos efectos por un valor cercano a los 2.000 euros.
Como la estancia hospitalaria fue prolongada, el paciente pidió al acusado que le acercara su talonario personal de cheques y le autorizó para que extrajera del banco 3.500 euros para compras de material ortopédico.
Así, una vez que tuvieron acceso al talonario, la mujer, "con conocimiento y cooperación del acusado", procedió a rellenar "diversos talones como si los firmase el perjudicado y fijándose a ella misma como la destinataria". De este modo obtuvieron cerca de 53.000 euros.
Además, durante ese tiempo llegó a la casa una tarjeta de crédito con el pin para su utilización a nombre del perjudicado, que fue empleada por el encausado para extraer del cajero 11.500 euros.
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