El juez del TS responde a Koldo que "no conviene minimizar" las declaraciones de Aldama

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Madrid, 14 may (EFE).- El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente se ha reafirmado en su decisión de investigar la adjudicación de las obras públicas que aparecen en dos documentos aportados por el empresario Víctor de Aldama, de quien advierte "no conviene minimizar el valor probatorio" que cabe atribuir a sus declaraciones.

Puente ha rechazado el recurso de Koldo García, ex asesor del ex ministro Jose Luis Ábalos, contra su decisión de requerir a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil la elaboración de un informe, a partir de un anexo de los presupuestos generales del Estado de 2021 con supuestas obras públicas preadjudicadas y un pantallazo con una nota manuscrita sujetada por una mano.

El juez acordó esta decisión una vez que la prueba caligráfica a la que se sometió Koldo para comprobar si su letra era la misma que aparecía en esos documentos ha demostrado que es coincidente, por tanto, habría escrito las notas en los contratos sobre la preadjudicación de obra pública a cambio de comisiones.

En su recurso, Koldo alegaba que dicha diligencia tenía un carácter prospectivo, pero el magistrado insiste, "ya por enésima vez", en que "el objeto de esta causa especial no viene constituido de forma exclusiva por las vicisitudes relativas a los contratos para la adquisición de mascarillas", sino que "concierne también a otras contrataciones públicas que, antes y después, hubieran podido concertarse de forma delictiva" entre los tres investigados.

Niega también que el informe solicitado se base solo en la declaración de Víctor de Aldama, si bien "no conviene minimizar de modo apriorístico el valor probatorio (mucho menos el indiciario) que cabe atribuir a las declaraciones de un investigado".

Y afirma que la circunstancia de que el mismo hubiera podido participar en la comisión de ciertos hechos eventualmente delictivos "no resta, sin más consideraciones, cualquier clase de virtualidad a las declaraciones incriminatorias que éste pudiera realizar con relación a terceros".

El juez señala que "es verdad que cuando tales manifestaciones se orientan a ocultar o minimizar la intervención propia en esos mismos hechos surge una razonable prevención acerca de su verdadero alcance".

Sin embargo, "no parece este el caso. No es solo que Aldama no niegue su participación decisiva en los mencionados hechos, sino que incluso, incorpora en sus declaraciones otros, vinculados a aquéllos, pero inicialmente no conocidos en su detalle por los investigadores, de los que también resultaría responsabilidad propia".

Además, destaca que las manifestaciones de Aldama aparecen corroboradas por los documentos que entregó que "le fueron remitidos por Koldo García y en cuya elaboración concreta tuvo éste personal intervención", como apunta la prueba caligráfica.

Por ello, considera pertinente, útil y necesaria la diligencia encaminada a "profundizar en las circunstancias en las que se produjeron las contrataciones públicas identificadas" por Aldama. EFE

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