La jueza de la dana ve "imprescindible" imputar a la exconsellera Pradas y a su número dos

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València, 21 mar (EFE).- El Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, que investiga la gestión de la dana, considera que las nuevas pruebas que se van conociendo "confirman la procedencia de lo ya resuelto, la imprescindible citación como investigados de Salomé Pradas -exconsellera de Justicia e Interior- y del exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso", por lo que no procede la petición de aclaración solicitada por este último respecto al auto en el que se le cita como imputado.

 La defensa del ex secretario autonómico de Emergencias de la Generalitat Valenciana, que junto a Pradas están citados a declarar el próximo 11 de abril, había solicitado a la jueza que detallara la totalidad de víctimas mortales y dónde se levantó cada cadáver, pues considera que la mayoría de fallecidos, y los primeros levantamientos de cadáveres, se habrían producido en el ámbito de los juzgados de Torrent, no en el de Catarroja.

Reclamaba asimismo al juzgado que subsanara su auto del 10 de marzo para pormenorizar la totalidad de víctimas y sus circunstancias, y expresara "qué comportamiento, qué hechos u omisiones incardinables en algún artículo del Código Penal" se le imputaban, una petición que también ha sido desestimada.

La jueza señala que el auto que emitió el 10 de marzo efectuaba un relato de hechos y circunstancias "suficientemente claro" al objeto de conocer el objeto de la investigación, su relevancia penal y por ello la procedencia de recibir declaración al investigado el próximo 11 de abril.

Añade, en un auto emitido este viernes y facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que la representación letrada del investigado tiene acceso al procedimiento, por lo que carece de objeto su solicitud de aclaración del lugar y momento donde se levantaron los cadáveres de los fallecidos, cuestión que consta en el informe forense de autopsia emitido por el IML, y en el informe de identificación policial de cada una de las piezas.

En cuanto a la discrepancia de la defensa de Argüeso con el contenido del auto, la jueza considera que "parece ser que se desconoce la posible relevancia penal de los hechos objeto de la investigación y su relación con el investigado", y aclara que la discrepancia con la parte dispositiva del mencionado auto en la que acordaba su declaración como investigado debería plantearla "a través de los oportunos recursos" no a través de una solicitud de aclaración.

El auto, agrega, es consecuencia de las declaraciones de familiares y testigos, informes y documentación "obrante en la causa en el momento de su dictado".

En ellas "se detallan algunos, no la totalidad, de los casos" y la causa "sigue avanzando y se suman, no sólo nuevas declaraciones, sino también nuevas pruebas que confirman la procedencia de lo ya resuelto, la imprescindible citación como investigados de Salomé Pradas -exconsellera de Justicia e Interior- y de Emilio Argüeso".

Respecto de los indicios, añade, el auto de 10 de marzo de 2025 ya señalaba la ingente información de que se disponía por la Administración Autonómica, la AEMET, el 112, la Confederación Hidrográfica del Júcar o los medios de comunicación, "lo que hacía inexplicable la ausencia de respuesta por parte de la misma, la ausencia de avisos a la población, en cualquier lugar donde pudieran encontrarse, en la calle, en el trabajo, de camino a casa en sus coches, en los domicilios o en residencias de la tercera edad". EFE

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