Madrid, 14 mar (EFE).- La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un año de prisión para un soldado que acosó sexualmente a una compañera de Regimiento a la que, entre otras cosas, solicitaba favores sexuales a cambio de dinero.
El tribunal ha desestimado, así, el recurso interpuesto por el acusado contra la sentencia del Tribunal Militar Territorial Cuarto de A Coruña que consideró probada la comisión de un delito de acoso sexual.
La Sala considera que entre los meses de marzo y octubre de 2022, el acusado realizó una serie de acciones con "un claro contenido hostil y humillante solicitando favores de naturaleza sexual" y describe comentarios de carácter sexual y solicitudes veladas de favores sexuales, llegando a ofrecerle dinero a la víctima.
Explica que el acusado le dijo en una ocasión a su compañera que tenía que llevar minifalda mientras manejaba un vehículo y también pidió a un compañero que le pasaran un vídeo grabado cuando la soldado realizaba trabajos con una apisonadora para "pajearse" por la noche.
Añade que le ofreció dinero, 50 euros, a cambio de favores sexuales y que realizó comentarios como "qué buena está", "vaya culo" o sobre el aspecto que tendría en una determinada posición con una clara significación sexual. Además, señala que intentaba hacerle regalos que la soldado siempre rechazaba.
La sentencia explica que el acusado intentaba constantemente mantenerse cerca de ella, procurando tocarla o agarrarle la mano, incluso apartando a los compañeros para ponerse a su lado, y le enviaba mensajes al whatsapp privado con fotos de regalos que iba a hacerle.
La soldado no contestaba y lo llegó a bloquear y también le hizo saber que le molestaban tales conductas, al tiempo que le pidió que la dejara en paz.
Agrega que durante la realización de un ejercicio "la intensidad y persistencia del acercamiento o contacto físico que el recurrente pretendía mantener llegó a un punto que finalmente la soldado, al no poder soportar más la situación, decidió poner los hechos en conocimiento de sus mandos".
La sentencia señala que todos estos hechos generaron en la víctima una situación "de miedo, angustia y ansiedad" ya que tenía que cambiar sus hábitos o su comportamiento diario para no coincidir con el acusado y no podía centrarse en su trabajo cotidiano.
Tras analizar los hechos considerados probados, la sentencia, con ponencia del presidente de la Sala, Jacobo Barja de Quiroga, concluye que es fácil apreciar que tales acciones eran realizadas por el acusado "con pleno conocimiento de lo que hacía, por lo que no hay duda alguna sobre la existencia de dolo" en su conducta, en contra de lo que él sostiene en su recurso.
Además de la citada pena de prisión, al condenado se le impuso una indemnización a la víctima de 5.860 euros en concepto de responsabilidad civil, y la suspensión militar de empleo e inhabilitación especial para el derecho sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. EFE

