Almería, 16 dic (EFE).- La Junta de Andalucía ha comunicado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que no considera cumplida la sentencia que obliga al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) a declarar no urbanizable el paraje de 'El Algarrobico', ya que dicho acuerdo no se ha publicado en un diario oficial.
En un escrito remitido al alto tribunal andaluz, al que ha tenido acceso EFE, el Gobierno andaluz mantiene que el informe remitido por el consistorio para acreditar el cumplimiento del fallo se "limita a referirse al registro de instrumentos urbanísticos.
"Los preceptos señalados obligan a que la normativa se publique en los diarios oficiales. No nos consta que se haya cumplido aún", según la Junta.
El informe del consistorio, al que ha tenido acceso EFE, ha incidido en que el sector denominado anteriormente en el planeamiento de Carboneras como Sector ST-1 consta en el planeamiento vigente como “suelo no urbanizable de especial protección con grado de protección de C1. Áreas naturales de interés general”.
“Se puede comprobar que se ha publicado y es parte del PGOU actualmente en vigor e inscrito (…) el 13 de marzo de 2024 en el registro autonómico de instrumentos urbanísticos con el número 3.750 el documento de modificación parcial del Plan General de Ordenación Urbanístico de Carboneras de adaptación parcial (…) por cumplimiento de sentencia judicial”, ha añadido el documento.
Con esta respuesta a una de las alegaciones de la Junta, el técnico que lo redacta ha apuntado que el objetivo de la misma es cumplir la sentencia de 2016 del TSJA, ratificada dos años más tarde por el Tribunal Supremo (TS), que obliga a declarar no urbanizables los parajes de El Algarrobico y El Canillar.
Asimismo, el arquitecto municipal ha señalado que se ha comprobado que en la documentación entregada con anterioridad al TSJA había una serie de “errores tipográficos”, que han sido corregidos ahora.
“El vigente PGOU de Carboneras tiene trasladado a sus documentos técnicos” la modificación aludida previamente, según el informe, que ha subrayado que por lo demás sólo existen unos errores “materiales” que pueden subsanarse con este nuevo documento.
El TSJA rechazó a finales del mes pasado la petición del Ayuntamiento de Carboneras para que suspendiera los plazos procesales de una pieza vinculada al hotel de El Algarrobico, debido a que el consistorio no tenía en estos momentos secretario municipal.
El consistorio carbonero había trasladado al TSJA que la secretaria titular del Ayuntamiento estaba de baja por incapacidad temporal y que la que ejercía sus funciones cesó el pasado 9 de octubre.
En el escrito rubricado por el alcalde, Salvador Hernández (Cs), se indicaba, no obstante, que se comunicaría al TSJA el nuevo nombramiento en cuanto éste se produjese, por lo que solicitaba la suspensión de los plazos procesales hasta entonces.
Sin embargo, el TSJA trasladó al regidor carbonero "que habrá de disponer cuanto sea necesario para la pronta y debida cumplimentación de las providencias" que lo obligan a justificar que El Algarrobico figura en la actualidad como no urbanizable en el plan general de ordenación urbana (PGOU). EFE
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