
El Juzgado de lo Penal número 3 de Oviedo, tal y como solicitaba la Fiscalía, ha condenado a 8 años de inhabilitación absoluta y a un año de prisión al funcionario del Centro Penitenciario de Asturias acusado de un delito de tortura. La resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apelación, según ha informado la Fiscalía.
La sentencia recoge que el interno R.F, que se encontraba interno en el Centro Penitenciario de Asturias cumpliendo sentencia firme de 9 de agosto de 2022 por delitos de robo con violencia e intimidación y delito leve de lesiones, a las 13.25 horas del día 17 de noviembre de 2022, se presentó en la cabina de vigilancia de los funcionarios del centro penitenciario y sin motivo ni justificación trató de agredirlos con una cuchilla que llevaba en la boca, por lo que tuvo que ser reducido y, en cumplimiento del régimen reglamentario, fue sancionado y recluido en una celda de aislamiento donde se le encontró otra cuchilla oculta en su ropa interior.
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Al día siguiente, 18 de noviembre de 2022, cuando el interno se encontraba cumpliendo la sanción disciplinaria en la celda de aislamiento, sobre las 09.10 horas, comenzó a mostrarse muy violento, gritando, golpeando la puerta de la celda en que se encontraba; cuando se personaron en el lugar los funcionarios de vigilancia, les amenazó de muerte reiteradamente y trató violentamente de agredirles por lo que tuvieron que emplear la fuerza necesaria para su contención.
El interno fue incrementando su actitud violenta a lo largo de la mañana lo que motivó que a las 13.05 horas fuera necesario aplicar sujeción mecánica con correas homologadas para su contención en aplicación del protocolo previsto para estas situaciones. Cuando el interno ya estaba reducido y sujeto por el resto de funcionarios presentes y con las sujeciones mecánicas por los brazos, tobillos, cintura y piernas, el funcionario condenado, que no había intervenido en las maniobras de sujeción, "sin necesidad ni justificación, golpeó con la defensa reglamentaria sujetándola con ambas manos y colocándola en posición vertical sobre el cuerpo del interno alcanzándolo en la parte baja del vientre y tras abandonar la habitación donde estaba sujeto el interno, volvió de nuevo y utilizando idéntico mecanismo de agresión, le golpeó impactando el golpe en la entre pierna a la altura de la zona testicular.
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Entre ambas agresiones realiza toques con la defensa a modo de golpecitos en pecho, pierna derecha y pie del interno. R.F. a consecuencia de estos hechos no sufrió lesión aparente ni precisó asistencia médica ya que el mismo no curso denuncia por éstos.
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