Madrid, 21 oct (EFE).- El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto una investigación a varias empresas de gestión del alquiler de viviendas que habrían obligado a pagar a los inquilinos una comisión por la gestión del arrendamiento o a firmar contratos temporales sin que la temporalidad estuviera justificada.
Serían, según ha podido constatar Consumo, varias empresas que operan en todo el Estado, habrían cometido prácticas abusivas contra consumidores en la gestión del alquiler. Algunas, como las citadas, pero también otras clausulas abusivas que incluían para los inquilinos.
La Dirección General de Consumo ha abierto esta investigación formalmente tras tener conocimiento de estas prácticas a través de diversas denuncias presentadas por asociaciones de consumidores.
El Ministerio que dirige Pablo Bustinduy quiere dejar claro que "trasladar a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato es una práctica prohibida" expresamente por la ley por el derecho a la vivienda del pasado año, al igual que la firma de contratos temporales en los que la temporalidad no esté justificada.
Recuerda también a las empresas que la vivienda es un derecho y un bien de primera necesidad amparado por la ley de arrendamientos urbanos, una normativa que impide a las agencias inmobiliarias incluir cláusulas o prácticas que atenten contra los derechos que tienen los inquilinos.
Además estas prácticas podrían suponer un abuso según la ley de defensa de los consumidores.
Por una parte, el incumplimiento de las normas reguladoras de precios, la imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas, y el uso de prácticas comerciales desleales con consumidores o usuarios podrían calificarse como graves y ser sancionadas con multas de hasta 100.000 euros.
Y se podría sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.
Por otra, la introducción o existencia de cláusulas abusivas en los contratos, una tercera infracción, podría considerarse muy grave y ser sancionada con multas hasta un millón de euros, y se podría también sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.
Estas prácticas se enmarcarían dentro de otras que son contrarias a las normas vigentes, como exigir a inquilinos e inquilinas el pago de fianzas desproporcionadas, que asuman garantías adicionales o que tengan que pagar mensualidades adelantadas. EFE
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