
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado este miércoles inadmitir por falta de legitimación el recurso de alzada interpuesto por Hazte Oír y Iustitia Europa contra el acuerdo gubernativo adoptado por la jueza decana de Madrid, María Jesús del Barco, por el que se dispuso, entre otras cosas, que Begoña Gómez pudiera acceder por el garaje a los juzgados el pasado viernes 19 de julio.
Así lo explican fuentes del órgano de gobierno de los jueces consultadas por Europa Press, que recuerdan que esa medida junto a otras iban encaminadas a garantizar la seguridad de la esposa del presidente del Gobierno, que está siendo investigada por tráfico de influencias y corrupción en los negocios por el Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid.
Sin embargo, los vocales José Antonio Ballestero, Ángeles Carmona y Carmen Llombart han votado en contra del acuerdo de la Comisión Permanente al considerar que tanto ‘Hazte Oír’ como ‘Iustitia Europa’ si que estaban legitimados para recurrir. Consideran que el CGPJ debía haber resuelto sobre el fondo y luego haber desestimado el recurso. Sostienen esa legitimación en que, en el el punto quinto del acuerdo gubernativo, se establecía la obligación para los abogados, procuradores y particulares que desearan acceder a la planta del juzgado que acreditaran ante el personal de seguridad o la Policía que estaban citados.
Estas fuentes matizan, no obstante, que en relación al resto de puntos del acuerdo gubernativo esos tres vocales comparten el argumento de la falta de legitimación. Con todo, la decisión de la Comisión Permanente llega después de que el hecho que impugnaban ambas acusaciones populares haya tenido lugar puesto que la comparecencia de Begoña Gómez tuvo lugar hace cinco días.
El recurso
La acusaciones populares del ‘caso Begoña Gómez’ pidieron antes de la citación de Begoña Gómez que el CGPJ corrigiera la decisión de la juez decana de permitir que la esposa del presidente del Gobierno accediera a a los Juzgados de Plaza de Castilla por el garaje para declarar como investigada. En el recurso de alzada, al que tuvo acceso Europa Press, defendían que Begoña Gómez “no ostenta cargo público alguno ni cuanto menos es autoridad”, por lo que afeaban que se le concedieran “determinados privilegios” -como acceder al edificio judicial por “las cloacas” y no por la entrada principal- por ser “esposa del presidente del Gobierno”.
Así las cosas, ambas acusaciones solicitaban al CGPJ “la suspensión cautelarísima del acuerdo gubernativo y todas las medidas coercitivas contenidas en él”. Así, además de recurrir el acceso por el garaje, las acusaciones también recurrían la decisión de la juez decana de limitar el acceso a la sede judicial a los abogados, procuradores y particulares que deseen acceder a la sexta planta, donde se ubica el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid.
En dicho acuerdo, Del Barco ordenó que todos ellos “deberán acreditar ante el personal de seguridad o agentes de la Policía Nacional que están citados para la realización de cualquier actuación procesal ante dichos juzgados, pudiendo ser requeridos para que exhiban su carnet profesional”.
La decana de Madrid acordó esta medida después de que en la declaración de Gómez del pasado 5 de julio accedieran a la planta del juzgado personas que no estaban entre las agencias de noticias acreditadas y que posteriormente grabaron imágenes en el interior del edificio -algo que no está permitido- que llegaron a difundirse en redes sociales. Hazte Oír e Iustitia Europa consideraban que este acuerdo atentaba “contra la esfera profesional de los abogados”. “No es posible llevar una causa de miles de folios sin acudir con nuestro equipo legal hasta la puerta del Juzgado”, apuntaban. A su juicio, el acuerdo adoptado era “nulo de pleno derecho al extralimitarse en sus funciones, prohibiendo el acceso al juzgado a aquellos letrados que vengan en compañía de los ejercientes”. La medida, sostenían, vulneraba el derecho a la igualdad y a la tutela judicial efectiva.
*Información elaborada por Europa Press
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