Madrid, 10 jul (EFE).- El Tribunal Supremo ha inadmitido por falta de legitimación el recurso de Vox y la Fundación para la Defensa de la Nación Española (Denaes) contra el nombramiento de la exvicepresidenta del Gobierno Carmen Calvo como presidenta del Consejo de Estado.
Así lo acuerda la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal en un auto en el que acuerda la inadmisión del recurso presentado contra el real decreto del pasado 27 de febrero, por el que se nombró presidenta del Consejo de Estado a Carmen Calvo, al apreciar falta de legitimación de los recurrentes, tal como alegó la Abogacía del Estado.
En relación a Vox, la Sala fundamenta que su jurisprudencia niega la legitimación de los partidos políticos para cuestionar judicialmente actos cuya anulación no les reportaría ninguna ventaja específica ni les evitaría ningún perjuicio concreto que les cualifique, lo que consideran que concurre en este caso.
Añade que dicho partido ha presentado varios recursos que se han saldado con no reconocerle legitimación activa para impugnar nombramientos, el más reciente el que impugnó el de un magistrado del Tribunal Constitucional a propuesta del Congreso de los Diputados.
En la sentencia referida a ese caso, según recuerda el auto, se destacó que a Vox no le asistía ningún derecho ni interés legítimo que se viera afectado por la eventual estimación de aquel recurso.
El Supremo considera esta idea aplicable a la designación de la presidenta del Consejo de Estado y con mayor fundamento pues ahora no se trata de una designación parlamentaria.
En cuanto a la Fundación DENAES, que ha actuado en esta causa con la misma defensa y representación procesal que Vox, el auto señala que no es determinante de su falta de legitimación su relación con dicho partido político sino el examen de sus fines fundacionales y sus actividades.
Explica que dichos fines no han permitido al tribunal apreciar un derecho o interés legítimo para justificar el acceso a la jurisdicción.El tribunal estima así las alegaciones previas formuladas por la Abogacía del Estado, que defendían esa falta de legitimación.
Carmen Calvo sustituyó a la exministra Magdalena Valerio, quien cesó en el cargo después de que el Tribunal Supremo anulara su nombramiento por no reunir el requisito legal de "jurista de reconocido prestigio" que exige la ley orgánica que regula la institución.
El recurso de Vox contra el nombramiento de Calvo hace un repaso por la vida profesional de la ex ministra socialista y compara la experiencia de sus predecesores en el cargo, para concluir que, al igual que Valerio "no reúne la condición de jurista de reconocido prestigio".
Para ello esgrimió los mismos argumentos de la sala que anuló el nombramiento de Valerio, que a esa plaza se tiene que acceder tras haber desarrollado un ejercicio profesional "prolongado" de la abogacía o de cualquier función jurídica que suponga un "dominio del Derecho tan notable que despierte el aprecio profesional".
Vox sostuvo que en el caso de Calvo "ni existe un reconocimiento de la comunidad jurídica ni tampoco un ejercicio continuado de la profesión de jurista", por lo que concluyó que, a pesar de su amplia trayectoria política, no tiene la consideración de jurista de reconocido prestigio necesaria para su nombramiento. EFE
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