Madrid, 3 jun (EFE).- El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado la demanda del youtuber ‘Un tío blanco hetero’, que consideraba vulnerado su honor por varios tuits de la activista feminista Yolanda Domínguez que le calificó como "machista, troll y violento con las mujeres".
La Sala de lo Civil entiende que la mujer estuvo amparada por la libertad de expresión, teniendo en cuenta que no imputó al afectado la comisión de hechos o episodios concretos de violencia machista o abuso sexual, y que el youtuber había destacado por ser especialmente crítico, incluso despectivo, con mujeres activas en el movimiento feminista, así como tolerante con la violencia verbal hacia mujeres en mensajes publicados por terceros en su canal de YouTube.
La demanda del youtuber fue estimada por el Juzgado de Primera Instancia número 72 de Madrid, que condenó a la mujer a abonarle 1 euro de indemnización. Sin embargo, la Audiencia Provincial revocó la condena, una decisión que ahora ha ratificado el Supremo.
El demandante era titular de una cuenta de YouTube que tenía unos 250.000 seguidores y que publicaba periódicamente vídeos con fuertes críticas hacia determinadas activistas feministas, entre ellas a la demandada.
En el foro de comentarios a un vídeo donde hubo críticas a esta mujer, varios de sus seguidores publicaron comentarios insultantes e incluso amenazadores hacia ella, que el youtuber no eliminó.
Posteriormente, la Universidad Europea Miguel de Cervantes organizó una mesa redonda sobre feminismo en la que intervino el youtuber, que participó sin desvelar su identidad y con el disfraz de su canal.
Fue entonces cuando la activista publicó mensajes para "denunciar públicamente que instituciones universitarias (…) organicen mesas redondas para hablar de feminismo invitando a trols como "un tío blanco hetero" que es machista y violento con las mujeres. Qué poca ética, qué poco feminista y qué insultante".
El Supremo destaca que el contexto en el que se hicieron las manifestaciones "era de un enfrentamiento ideológico entre la demandada, que defendía determinadas ideas y planteamientos feministas, y el demandante, que se oponía radicalmente a esos planteamientos".
Además, "en este contexto la libertad de expresión ampara que la demandada hubiera calificado al demandante como troll y machista" y que usara la expresión violento con las mujeres, pues se está refiriendo a que "mantiene una conducta de agresividad gestual y verbal contra mujeres del movimiento feminista y permite que en su canal de YouTube se publiquen comentarios insultantes e incluso amenazadores contra esas mujeres". EFE
rma/aam
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