Barcelona, 24 may (EFE).- Un jurado de la Audiencia de Barcelona ha declarado culpable de asesinato con alevosía a María Cristina R.E., acusada de matar a su hija en Sant Joan Despí (Barcelona) en 2021, con el objetivo de generar sufrimiento a su expareja y padre de la menor.
El veredicto del jurado leído este viernes ha considerado probado por unanimidad que la acusada asesinó a su propia hija asfixiándola tras haberle suministrado sedantes, y ha rechazado que sufriera un trastorno mental transitorio o que actuara movida por un miedo insuperable.
La Fiscalía pide prisión permanente revisable para la acusada de este asesinato cometido en una habitación que ambas compartían en el domicilio de la madre de la procesada y abuela de la víctima en Sant Joan Despí (Barcelona), y luego intentar suicidarse con un cóctel de medicamentos.
Por su parte, la defensa de la madre había solicitado la absolución de su representada, o alternativamente una condena de homicidio con el consiguiente ingreso en un centro psiquiátrico, al defender que la infanticida sufre un problema mental, y solicitaba las eximentes por alteración psíquica y por miedo insuperable.
Tras la lectura, el ministerio público ha anunciado que mantiene su petición de pena para la procesada, pese a que el tribunal popular le ha reconocido a María Cristina R.E. una atenuante analógica de confesión, al considerar que colaboró con las autoridades con posterioridad a su detención.
El tribunal popular, que considera que el crimen fue "activo y determinado", se apoya en las cartas que dejó María Cristina R.E. después de intentar suicidarse tras matar a su hija, concretamente en la que iba dirigida a su expareja, "por las palabras que escoge en la redacción".
El veredicto, tras el que el magistrado-presidente del jurado deberá dictar sentencia, señala algunas de las expresiones que utilizó la acusada en la misiva dirigida al padre de la víctima, como "aquí tienes lo que te mereces", "vas a llorar la muerte de mi hija, de tu hija" o "suerte y gracias por conseguir que mate a tu hija".
Sobre su estado mental, el jurado niega que sufriera una anomalía psíquica, puesto que tanto el día anterior a los hechos como el 31 de mayo por la mañana, cuando ya la había sedado y asfixiado, "continuó realizando actividades cotidianas en perfecto estado".
Apoyándose en los forenses, ha descartado el trastorno psíquico transitorio "debido a la meticulosa planificación" del crimen, "que se extendió durante un periodo de varios meses", y ha rechazado que actuara movida por un miedo insuperable a que la menor quisiera más a la nueva pareja de su padre.
Además, sostiene que Cristina María R.E. planificó el asesinato de su hija porque "detalló la metodología" para llevarlo a cabo, con búsquedas los meses precedentes por internet "de muerte por ingesta de medicamentos y muerte por asfixia", así como de infanticidios mediáticos a manos de sus padres o parejas.
Tras la lectura, el fiscal ha mostrado su rechazo a la atenuante reconocida a la madre, puesto que "no reúne los requisitos" para que se produzca, algo a lo que se ha adherido la acusación particular, mientras que la defensa ha mostrado su disconformidad con global del veredicto. EFE
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