Sagunto (Valencia), 20 dic (EFE).- El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol ha decidido inhabilitar por cuatro años a Rubén López Vieco y con dos años a Fran Llorens Monzonis, directivos del Atlético Saguntino, "por participación activa o fomento de actos violentos, racistas, xenófobos e intolerantes".
Esta inhabilitación para ocupar cualquier cargo en la organización del fútbol se produce en aplicación del Código Disciplinario de la RFEF tras los hechos descritos en el acta arbitral del encuentro Alzira-Atlético Saguntino, disputado el pasado sábado y correspondiente a la jornada 16 del grupo 3 de Segunda Federación.
Igualmente, Tomás Ribera, fisioterapeuta del Atlético Saguntino, también ha sido suspendido por cuatro meses mientras el club romano ha sido multado con 6.001 euros. Por su parte, el Alzira también ha sido sancionado con 602 euros por incumplimiento de los deberes propios de la organización del partido.
Según el Comité de Competición, estas resoluciones especiales se han llevado a efecto una vez “vista el acta arbitral, así como las alegaciones formuladas por el Atlético Saguntino”.
El acta arbitral del encuentro reflejó que los directivos del Saguntino se dirigieron al árbitro y uno de sus asistentes en los siguientes términos: “te voy a matar a la salida, eres un hijo de puta, ojalá os muráis”, haciéndose constar que no había presencia de ningún miembro de las fuerzas del orden público.
Según el acta del partido, Rubén López se dirigió a uno de los asistentes diciendo que “eres un puto moro de mierda, te voy a matar”, acompañando sus palabras con una actitud de nuevo amenazante y teniendo que ser sujetado.
Por su parte, la resolución del Juez Único del Comité de Competición también recoge las alegaciones presentadas por el Atlético Saguntino “en las que asegura que Rubén López en ningún momento se dirigió al árbitro asistente en los términos que constan en el acta”.
Pese a ello, las alegaciones del Atlético Saguntino no han sido estimadas por el Comité de Competición a efectos disciplinarios “por la presunción de veracidad de que gozan las actas arbitrales”. EFE
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