Santa Cruz de Tenerife, 5 jul. La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto a dos personas de nacionalidad marroquí que habían sido acusados de ser los patronos de un cayuco que el 1 de junio de 2022 llegó a Tenerife con 39 inmigrantes a bordo.
Ha concluido la Audiencia Provincial que no hay prueba alguna que sea lo suficientemente concluyente como para determinar que habían asumido las tareas de dirección de la embarcación.
La Fiscalía pedía para cada uno de los procesados seis años de cárcel, después de que fueran identificados como los responsables de haberse hecho cargo de las tareas de navegación, reparto de comida y bebida y poner orden en la embarcación.
El cayuco había partido cinco días antes desde la localidad marroquí de Dakhka y era utilizado para la pesca, por lo que no se consideraba apropiado para realizar una travesía de 400 kilómetros.
Carecía de espacio para albergar a ese número de personas, así como de medios de comunicación, de luces de posicionamiento, de radar, de combustible suficiente, de chalecos salvavidas y de cualquier otro medio de seguridad individual o colectiva
Entre los viajeros estaban H.M. y Z.S., representados ambos por el abogado José Honorio Pérez González, y durante la vista oral no se pudo concluir que actuaron de común acuerdo con el ánimo de obtener ventaja patrimonial.
Tampoco se logró demostrar que fueran los responsables de la entrada y permanencia en territorio español de los viajeros que iban en la patera, propiciando la inmigración ilegal, dado que ninguno de ellos contaba con los documentos requeridos.
La Audiencia indica que, una vez valoradas el conjunto de las pruebas, no se pudo obtener de forma razonable la convicción de que los hechos se produjeran como mantenía la Fiscalía y sea posible dejar sin efecto el derecho a la presunción de inocencia.
Ambos negaron que hubiesen actuado como patronos e incluso que se conocieran, dijeron que provenían de distintas regiones y que su primer contacto fue en una cafetería junto con los organizadores del viaje.
Z.S. relató que se dedicaba al comercio, que durante la travesía se sentó en el medio de la embarcación y que nadie repartía la comida, sino que cada uno la iba tomando por turnos, que gran parte del viaje permaneció dormido porque estaba enfermo y por ello no era consciente de cuánto duró exactamente la travesía.
No se produjo ningún percance hasta que llegaron a las cercanías de Tenerife, cuando sufrieron los efectos de un fuerte oleaje, entrando agua en la embarcación, por lo que los viajeros se pusieron nerviosos y fueron remolcados hasta el puerto de Los Cristianos.
El dinero encontrado en su poder, unos 1.200 euros, era para subsistir hasta que encontrara un trabajo y negó haber asumido ninguna tarea en el cayuco, y que por lo contrario quienes lo acusaron eran los que lo hicieron.
H. M. se acogió a su derecho a no declarar y durante el juicio se reprodujo lo dicho en fase de instrucción, cuando relató que pagó unos 2.100 euros, más otra cantidad a un intermediario, que el dinero se lo dio su madre tras vender sus joyas y que Z. S. era uno de los patronos.
Sin embargo, la Audiencia descarta tanto ésta como otras pruebas al no haberse cumplido con los requisitos legales a la hora de proceder a su grabación dado que tan sólo eran parcialmente audibles. EFE
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