La Guardia Civil ha investigado a 18 personas por maltrato animal en Cádiz. En total, se han rescatado 75 perros, un burro y una yegua en las localidades de Ubrique, Benamahoma, Algodonales, Puerto Serrano, El Gastor, Prado del Rey, Grazalema y Villamartin. Además, se han inspeccionado varias instalaciones precarias en las que el SEPRONA encontró animales encadenados o atados a árboles o bidones oxidados a la intemperie.
Según explican desde el cuerpo, “la colaboración ciudadana fue fundamental para poner en alerta a los guardias civiles que dispusieron, de manera inmediata, un operativo con varias líneas de investigación para salvar la vida de estos animales”. Así consiguieron encontrar a los animales “en instalaciones precarias con pésimas condiciones de habitabilidad, abandono y desnutrición”.
Además, se han confeccionado 80 denuncias por infracciones administrativas, la mayoría de ellas relacionadas principalmente con el bienestar animal, la falta de idoneidad de los alojamientos, falta de alimentación y agua, la higiene animal, falta de asistencia veterinaria, registros documentales y sanitarios, etc.

La investigación ha contado con la estrecha colaboración y la asistencia de Veterinarios de la Oficina Comarcal Agraria, OCA y de la Veterinaria municipal de Salud y los animales han sido depositados en varias Asociaciones de Protección Animal Autorizadas y a disposición de la Fiscalía de Medio Ambiente.
Desde la Guardia Civil destacan que “este tipo de actuaciones no solo buscan perseguir conductas ilícitas. También concienciar a la ciudadanía sobre la importancia de respetar la normativa medioambiental y de protección de los animales, así como evitar nuevos comportamientos que pongan en peligro el bienestar de los animales de compañía”.
El delito de maltrato animal
El maltrato animal está recogido de forma expresa en el Código Penal español, concretamente en el artículo 340 bis tras la reforma operada por la Ley Orgánica 3/2023. Esta norma establece que quien cause lesiones a un animal doméstico, domesticado o que conviva bajo control humano, requiriendo tratamiento veterinario para su recuperación, puede ser castigado con penas de prisión de tres a dieciocho meses o multa de seis a doce meses. Además, en todos los casos se impone la inhabilitación especial de uno a cinco años para la tenencia de animales o para el ejercicio de profesiones relacionadas con ellos.
Cuando el maltrato provoca la muerte del animal, la pena se eleva a prisión de doce a veinticuatro meses, junto con la inhabilitación de dos a cinco años. La ley contempla agravantes que incrementan estas penas, como el uso de armas, métodos especialmente crueles, la ensañamiento prolongado, o que los hechos se cometan en presencia de menores de edad. También se castiga el abandono en condiciones que pongan en peligro la vida del animal, con penas de multa de uno a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de hasta noventa días, además de la correspondiente inhabilitación.

En paralelo, la Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales establece un régimen administrativo detallado. Esta normativa fija obligaciones concretas como garantizar agua y alimento suficiente, condiciones higiénico-sanitarias adecuadas, atención veterinaria y espacios de alojamiento acordes a las necesidades etológicas de cada especie. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves, con sanciones que pueden oscilar desde los 500 hasta los 200.000 euros, así como la retirada definitiva de los animales y la prohibición de su tenencia.
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