
El 7 de enero de 2020, Ceferino, albañil residente en Lugo, fue atropellado mientras cruzaba un paso de peatones. El impacto le provocó una fractura de tibia y peroné, una fractura sacro coccígea, lesión en la quinta vértebra sacra y otras secuelas físicas, entre ellas una laceración en la rodilla derecha. El accidente no solo supuso un duro golpe físico, sino que, con el paso de los meses, derivó en la incapacidad permanente para ejercer su profesión.
Ceferino inició entonces un proceso largo de recuperación, sometiéndose a varias intervenciones quirúrgicas y a rehabilitación. A lo largo de 667 días, el albañil vivió con dolor, limitaciones funcionales y una reducción clara de calidad de vida. La aseguradora del vehículo causante, Plus Ultra Seguros Generales y Vida SA, nunca negó la existencia del accidente ni su responsabilidad como entidad aseguradora.
La verdadera disputa se centró en la cuantía de los daños, el alcance de las secuelas y la procedencia del lucro cesante reclamado por el trabajador. De esta forma, comenzó una batalla legal que se ha saldado con el reconocimiento de lo que reclamaba el trabajador y con una indemnización fijada por los tribunales.
La Justicia reconoce la incapacidad
El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Lugo ha determinado que Ceferino, tras sufrir un accidente, quedó incapacitado de forma permanente para ejercer su profesión de albañil. Esta situación fue avalada por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) en septiembre de 2021, que certificó la imposibilidad del trabajador para reincorporarse a sus actividades habituales.
La resolución judicial detalla que Ceferino padeció un tiempo suficientemente largo como para sufrir la incapacidad de trabajar, suponiendo un claro perjuicio en sus ingresos económicos. El tribunal subraya que estas limitaciones han tenido un impacto significativo en la vida diaria de Ceferino, restringiendo de forma continuada su autonomía y su posibilidad de mantener el nivel de vida previo al accidente.
Según la valoración de los informes médicos y periciales, la incapacidad reconocida resulta irreversible, lo que agrava la situación del afectado, pues la indemnización debe cubrir a largo plazo el problema físico que no tendrá una solución que le permita volver a trabajar de la misma forma que lo había hecho hasta ahora.
Cálculo de la indemnización
Para fijar la indemnización, la sentencia toma en cuenta diversos factores. Estos son las secuelas físicas derivadas del accidente, el perjuicio estético de carácter moderado, la pérdida de calidad de vida valorada en grado medio, los gastos debidamente justificados, la merma de ingresos ocasionada por la imposibilidad de continuar trabajando y el impacto emocional sufrido por Ceferino y su entorno.
La cuantía definitiva establecida por el juzgado asciende a 65.920,79 euros, deduciendo los importes ya pagados por la aseguradora. Además, se reconoce el derecho de Ceferino a cobrar los intereses legales generados desde mayo de 2021 hasta que se produzca el abono total de la cantidad. La sentencia establece que cada parte asumirá sus propios gastos procesales, mientras que las costas comunes serán distribuidas por igual entre ambas partes involucradas en el proceso.
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