
La tarde del pasado miércoles dejó una escena insólita en la calle Aragón, en Vigo. Agentes de la Policía Local interceptaron a un menor de 13 años que circulaba al volante del coche de su madre después de que esta dejara el vehículo estacionado sobre la acera, con el motor en marcha, mientras recogía una compra.
Fue un agente fuera de servicio quien dio la voz de alarma tras observar que el vehículo que circulaba a su lado estaba siendo conducido por un joven que aparentaba ser menor de edad. Ante la sospecha, avisó al 092 y una patrulla se desplazó de inmediato hasta el lugar.
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A su llegada, los policías comprobaron que el menor estaba circulando marcha atrás durante aproximadamente 150 metros, realizando una maniobra antirreglamentaria y, según fuentes municipales, “constituyendo un peligro para el resto de los usuarios de la vía” y para él mismo. El vehículo fue interceptado poco después. En su interior solo se encontraba el niño, en el asiento del conductor.
Minutos más tarde se presentó en el lugar la titular del coche, madre del menor, quien explicó a los agentes, “en un elevado estado de nerviosismo”, que había detenido el vehículo sobre la acera, con el motor encendido, para recoger una compra, dejando a su hijo en el asiento del copiloto.
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Desde la Policía Local subrayaron que “evidentemente el menor carece de ningún tipo de habilitación para conducir y la responsable del vehículo ha puesto con su acción en una clara situación de riesgo y desprotección, tanto al menor como a terceros usuarios de la vía”.

Traslado a las autoridades judiciales
Los agentes de Seguridad Vial han anunciado que darán cuenta de lo sucedido a las autoridades judiciales competentes para que se determinen las posibles responsabilidades derivadas de los hechos. La conducción sin haber obtenido nunca permiso puede constituir un delito contra la seguridad vial tipificado en el artículo 384 del Código Penal. Sin embargo, el tratamiento jurídico varía cuando el autor es menor de edad.
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Pablo Ródenas, de Ródenas Abogados, explica en un su página web que “cuando un menor conduce un vehículo sin autorización administrativa, nos enfrentamos a un comportamiento que puede constituir un delito contra la seguridad vial tipificado en el artículo 384 del Código Penal. Sin embargo, al tratarse de un menor de edad (entre catorce y dieciocho años), el caso se tramitará conforme a la Ley Orgánica 5/2000 de Responsabilidad Penal del Menor”.
Un proceso con enfoque educativo
El procedimiento, en estos casos, se inicia con la intervención de la Fiscalía de Menores. A partir de ahí, se abre un expediente y el menor debe declarar asistido por abogado. También interviene un equipo técnico compuesto por psicólogos, educadores y trabajadores sociales, que evalúan su entorno familiar, social y educativo.
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A diferencia del proceso penal de adultos, el sistema de justicia juvenil prioriza el interés superior del menor y la finalidad educativa sobre la punitiva. “Las consecuencias para un menor infractor por conducir un vehículo sin autorización no son penas en sentido estricto, sino medidas socioeducativas orientadas a la reeducación”, precisa Ródenas.
Entre las medidas que suelen aplicarse figuran la libertad vigilada, la asistencia a programas de educación vial, la realización de tareas socioeducativas o la prestación de servicios en beneficio de la comunidad. En los supuestos menos graves o cuando se trata de una primera infracción, puede acordarse incluso una amonestación. No obstante, si existen agravantes, como la producción de un accidente, daños a terceros o reincidencia, el abanico de respuestas puede ampliarse hasta medidas más restrictivas, incluido el internamiento en régimen semiabierto.
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