
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que anula la desheredación de dos hijas por parte de su padre al determinar que la acusación de maltrato psicológico carece de suficiente respaldo. El motivo principal es la adicción del padre al alcohol, pues el órgano judicial ha explicado que esta es la explicación del “distanciamiento”, y no un supuesto abuso por parte de las herederas.
La sentencia, dictada por la Sección 13ª el pasado 16 de octubre de 2025, afecta directamente a Bárbara y Yolanda, quienes habían sido excluidas del testamento de su progenitor Gregorio. La otra hija, Mónica, había sido designada como heredera principal, y fue ella quien emitió la denuncia sobre sus hermanas.
El fallo de la Audiencia Provincial de Madrid deja sin efecto las operaciones de reparto de la herencia realizadas por Mónica y reconoce el derecho de las dos hermanas a acceder a sus legítimas. Además, el tribunal impone el pago de los costes procesales a la parte apelante.
El testamento y la falta de pruebas
El conflicto entre las hermanas comenzó con el testamento que Gregorio firmó en abril de 2019. En ese documento, el padre decidió desheredar a Bárbara y Yolanda al acusarlas de maltrato y de no prestarle la ayuda que necesitaba. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid ha considerado que no existen pruebas suficientes para demostrar ese supuesto maltrato psicológico.
Esta misma idea ya la había recogido el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Collado Villalba en una sentencia previa, al señalar que la ley solo permite desheredar si se pueden comprobar las razones, y que ese trabajo corresponde a quien aparece como heredero en el testamento.
Las pruebas estudiadas por el tribunal incluyeron declaraciones de testigos y documentos médicos. De estos testimonios se desprende que el distanciamiento familiar no se debió a malos tratos por parte de las hijas, sino a la adicción al alcohol mantenida por Gregorio y a una convivencia personal complicada en el hogar.
El tribunal valoró las aportaciones de personas cercanas a la familia y los informes médicos, que apuntaban directamente al comportamiento del padre como causa del alejamiento de sus hijas. En este tipo de juicios, una adicción diagnosticada puede ser determinante y asumirse como un factor principal.
Enfrentamiento de testimonios
Durante el juicio, Mónica, la hermana que sí aparecía como heredera, trató de defender el testamento afirmando que Bárbara y Yolanda habían maltratado psicológicamente a su padre. La sala, sin embargo, no vio pruebas de que ese supuesto maltrato afectara de forma grave a la salud mental del padre, condición que exige la ley para retirar la herencia por esa causa.
Finalmente, la decisión de la Audiencia Provincial devuelve a Bárbara y Yolanda su derecho a ser herederas. La Justicia anula de esta forma el reparto de bienes que había llevado a cabo Mónica y permite a las dos hermanas reclamar su parte correspondiente. Aún es posible que el caso llegue al Tribunal Supremo si la parte perdedora decide presentar un nuevo recurso.
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