David Jiménez, abogado y economista, explica cuánto tiempo puede estar una casa a nombre de un fallecido

Las entidades públicas y privadas exigen que el propietario esté correctamente registrado para dar validez a operaciones de compraventa o hipotecas

Guardar
Los herederos no tienen un
Los herederos no tienen un límite legal para hacer el cambio de titularidad (@Davidjimenezabogado)

El registro de viviendas que permanecen a nombre de personas fallecidas es un asunto que genera incertidumbre y confusión entre quienes reciben una herencia. La cuestión suele surgir en familias que, tras el fallecimiento de un pariente, observan que la propiedad sigue figurando legalmente a nombre del titular original, lo que despierta dudas sobre los plazos y la necesidad de actualizar esa información en el registro.

No existe una obligación legal que imponga un límite temporal para cambiar la titularidad de una vivienda cuando fallece el propietario. La ley no fija ningún plazo específico para que los herederos realicen el trámite, por lo que la casa puede seguir constando a nombre del causante durante años, si así lo deciden los familiares. La ausencia de un plazo legal, sin embargo, no significa que la situación resulte conveniente o sencilla para los herederos.

Según explicó el abogado y economista David Jiménez, lo realmente relevante de esta cuestión radica en los efectos prácticos. Mientras el inmueble permanezca registrado a nombre del fallecido, los herederos encuentran limitaciones para actuar sobre la vivienda, especialmente si desean venderla o realizar cualquier trámite notarial o bancario.

“Si sigue a nombre del fallecido, lógicamente no lo voy a poder vender”, recordó el especialista. Las entidades, tanto públicas como privadas, suelen exigir que el propietario esté correctamente registrado para dar validez a operaciones de compraventa, hipotecas o gestión de servicios.

Problemas de no hacer el cambio de titularidad

Antonio Martínez, abogado: "Dejar en herencia un piso a todos los hijos puede degenerar en el heredero okupa"

Jiménez precisó que hay algunas alternativas jurídicas para resolver situaciones urgentes, pero reiteró que la opción más eficaz y segura consiste en proceder cuanto antes a la aceptación y adjudicación de la herencia. Este proceso implica acudir al notario, aceptar formalmente el caudal hereditario, liquidar el impuesto de sucesiones y, posteriormente, inscribir la nueva titularidad en el Registro de la Propiedad. Solo así los herederos pueden disponer plenamente del bien inmueble.

Dejar la vivienda durante un periodo prolongado a nombre del fallecido puede ocasionar otros problemas adicionales: dificultades para domiciliar recibos, ajustar pagos o responder ante requerimientos de Hacienda. La propiedad desactualizada en el registro también puede complicar la administración patrimonial o los procesos de reparto entre varios herederos, además de no permitir el acceso a ciertos servicios, como la contratación de suministros o el cambio de titularidad de contratos asociados.

El abogado y economista recomendó gestionar el cambio de la titularidad con la mayor diligencia posible a fin de evitar obstáculos legales en el futuro. En muchos casos, los herederos desconocen que el trámite es imprescindible para disponer libremente del patrimonio y garantizar su protección. Al realizarlo, se aseguran la capacidad de vender, alquilar, hipotecar o transmitir el inmueble conforme a la ley.

David Jiménez también recalcó que existe bastante desinformación acerca de los plazos y obligaciones en materia de herencias. Por este motivo, ofrece consejos legales de forma periódica para ayudar a quienes se enfrentan a dudas sobre la gestión de bienes heredados. Contar con asesoramiento profesional y actuar con inmediatez puede evitar complicaciones administrativas y asegurar la correcta administración del patrimonio familiar.