
La Abogada General de la UE ha avalado que un militar sea obligado a vacunarse, aunque choque con sus opiniones personales. Así lo ha expresado la letrada europea en unas conclusiones publicadas este miércoles en relación a una batalla legal entre un militar anónimo y el ministerio de Defensa Italiano. El caso se remonta a la pandemia de Covid-19, cuando el Gobierno de Giorgia Meloni estableció una controvertida vacunación obligatoria de los miembros de las fuerzas armadas que trabajaron para el Ministerio de Defensa durante la crisis sanitaria.
El militar que protagoniza este caso fue suspendido de empleo y sueldo tras negarse a cumplir las órdenes impuestas por el Ministerio de Defensa. Sus motivos: una desconfianza personal en la seguridad y eficacia de la vacuna, y el rechazo a una política gubernamental que no asumía ninguna responsabilidad por los posibles efectos adversos.
La suspensión, que se prolongó durante aproximadamente dos meses, no solo apartó a este militar de su puesto. Supuso, en sus palabras, "una discriminación basada en sus convicciones personales" y lo empujó a enfrentarse judicialmente con el Estado italiano. El alto funcionario alegó que su negativa obedecía a una creencia genuina acerca de los peligros y la falta de efectividad de la vacuna, además de una profunda discrepancia con la línea oficial del Gobierno sobre las responsabilidades derivadas.
“La vacunación obligatoria era una medida necesaria”
La Abogada General Tamara Ćapeta, con las conclusiones conocidas este miércoles, ha declarado que la Directiva marco de la Unión Europea sobre igualdad de trato en el empleo y la ocupación no resulta aplicable a este caso.
Cabe recordar que la opinión del letrado europeo no es vinculante para el Alto Tribunal cuando dicte sentencia, pero suele marcar la línea de la gran mayoría de sus fallos.
En sus argumentos, la jurista explica que estas regulaciones europeas solo prohíben la discriminación cuando tienen que ver con la “religión o convicciones”, entendidas únicamente como creencias de carácter religioso, filosófico o espiritual. En cambio, las opiniones personales ligadas a la salud o el desacuerdo con políticas públicas o sindicales, ha subrayado la Abogada General, no alcanzan el rango de convicción protegida por la Directiva marco.
La letrada europea ha considerado que, en caso de que el Tribunal de Justicia considere que dicha opinión personal sobre la obligación de vacunación “es una convicción en el sentido de la Directiva”, la propia obligación constituiría una “discriminación indirecta”, que, no obstante, “puede estar justificada por el objetivo legítimo de proteger la salud pública”.
Y en este sentido, ha sentenciado que la vacunación obligatoria “era una medida necesaria y proporcionada” para alcanzar ese objetivo en el contexto de la emergencia provocada por la propagación del coronavirus, que ha llegado a provocar 198.500 muertes en el país.
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